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La medida lleva las firmas de los ministros Víctor Núñez, Miguel Óscar Bajac y Gladys Bareiro de Módica.
La mencionada ley, que establece un “Régimen Especial de Jubilación e Indemnización para los Trabajadores de Acepar”, se sustenta en la “necesidad” de permitir a los trabajadores de Acepar acceder a una jubilación e indemnización en razón de haber trabajado “en condiciones de insalubridad” y, por tanto, expuestos a enfermedades y lesiones temporales o permanentes y a la pérdida de productividad de los mismos.
Sin embargo, el Art. 2° de la ley comprende como beneficiarias a todas las personas que realizaron o realizarán labores dentro de la empresa, ya sea en el sector industrial o administrativo, con lo cual la motivación original “quedó rebasada y desnaturalizada”.
La normativa permitirá que un trabajador que empezó a trabajar a los 20 años de edad en Acepar SA se pueda jubilar a los 40 años, aun cuando haya desempeñado funciones en la planta industrial o en el área administrativa, y sin importar que sufra o no de una alguna enfermedad profesional y/o enfermedad común.