BNF sostiene que Ley de Bancos respalda operación

La operación financiera de sesión de crédito está considerada como una de las alternativas que tienen las entidades reguladas por el Banco Central y que se sostiene legalmente en el artículo 40 de la Ley de Bancos 861/96, afirmó ayer el titular del BNF, Carlos Pereira.

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El ejecutivo agregó además que el artículo 4 de la carta orgánica de la institución (Ley 5800/2017) hace mención a las facultades atribuidas en la Ley de Bancos para las reguladas en el sistema. A partir de esto, Pereira, entiende que hay facultades legales para proceder en la operación de cesión de crédito en el caso de la deuda que tiene con las empresas farmacéuticas el Ministerio de Salud.

En este caso, Hacienda reconoció una deuda de US$ 153 millones y autorizó el pago fraccionado de US$ 70 millones para este año. Sin embargo, ante la necesidad de disponer de recursos para seguir contando con provisión de medicamentos, se propuso al BNF un mecanismo para adelantar ese dinero. Pero, hay dudas sobre si el BNF tiene habilitación legal para esta operación, que se teme deje un agujero millonario al banco estatal.

El artículo 38 de la carta orgánica del BNF hace mención exclusiva a las operaciones con otras instituciones públicas, limitando la concesión de crédito únicamente para fines de inversión. Pereira indicó que hasta ahora no recibieron las documentaciones de las empresas para hacer el análisis, y que recién ahí se podrá saber qué tipo de créditos se podría aplicar. La opción que se maneja es una operativa denominada “cesión de créditos”, ya que no puede dar directamente crédito a Salud por el impedimento legal.

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