BCP dispone nuevos formatos para los extractos de tarjetas de crédito

A partir de mayo próximo los extractos de tarjetas de crédito dispondrán de un formato único establecido por el Banco Central del Paraguay (BCP), esto a fin de unificar criterios en las intermediarias y mejorar la transparencia de la información financiera a los usuarios, indicaron.

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El renovado modelo que unifica la forma de presentación de los extractos está disponible en el portal digital del BCP (www.bcp.gov.py) y todas las entidades bancarias y financieras deberán ajustarse a ella a partir de mayo próximo, según la resolución de la Superintendencia de Bancos (SIB) 049/2016, que establece, entre otros puntos, la descripción de manera más clara y concisa de datos como vencimientos de los extractos, fecha de emisión del documento, tasas y resumen de puntos de las promociones.

Otras informaciones que deberán contener los extractos, ya sean físicos o electrónicos, son las advertencias sobre los retrasos en el pago y pagos mínimos, además de un resumen de estado financiero donde se deben especificar el saldo financiado, compras y cargos del mes, deudas a facturar e intereses devengados en suspenso.

La presente resolución reglamenta además la Resolución del BCP Nº 43, del 30 de diciembre de 2015, del “Reglamento para emisión, operación y administración de tarjetas de crédito y débito” a fin de definir especificaciones referidas a los extractos generados por los emisores.

Con la uniformidad en la presentación de los extractos se busca brindar mayor transparencia informativa a los usuarios de tarjetas de crédito, facilitando la comprensión de los extractos emitidos por la utilización de dicho producto, evitando asimetrías y distorsiones en las prácticas de mercado, señala la disposición de la SIB.

Amplían plazo para publicar accionistas

Por otra parte, la SIB amplió el plazo para publicación de la nómina de accionistas al 28 de febrero del corriente año; inicialmente estaba previsto el cumplimiento de esta disposición en el presente mes (enero). Las intermediarias supervisadas por el BCP deberán publicar en sus respectivos sitios web la nómina de sus accionistas, sean físicos o jurídicos, que, en forma individual o consolidada, ostenten una participación igual o superior al 5% de la cantidad de votos en la sociedad.

La normativa establece que la divulgación de la nómina en los sitios públicos (sitio web) deberá realizarse en un espacio claramente visible y, en caso de modificación de la estructura propietaria, la nómina deberá ser actualizada, incorporándose la última fecha de actualización de dicha información.

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