Cargando...
Se trata de una “comisión por exceder la cantidad de transacciones (consultas/extracciones, etc.) sin costo en cajeros propios, según criterio de la entidad”, explica Sedeco en su reporte. Añade que las entidades financieras que ofrezcan el servicio mediante cajeros automáticos tienen la obligación de permitir al usuario un mínimo de 10 utilizaciones por mes, sin costo alguno, de acuerdo con lo establecido en la Resolución N° 4, Acta N° 25 del 4 de mayo de 2017 dispuesta por el Banco Central del Paraguay (BCP).
No obstante, el BCP solo establece la cantidad mínima de utilizaciones gratuitas, mientras que la tarifa que se le cobra al usuario varía según cuál sea el banco. En tal sentido, Defensa del Consumidor recomienda a los clientes de entidades bancarias informarse al respecto, para no encontrarse con descuentos no previstos en su cuenta.
El informe de Sedeco incluye también las tarifas que cobran las entidades bancarias por regrabación de tarjetas de débito, que va de G. 16.500 hasta G. 77.000. También los montos por renovación del plástico.
La cartera recuerda, asimismo, que toda la información sobre este tema se encuentra disponible para todos los usuarios en la web del BCP, www.bcp.gov.py, así como cada entidad bancaria y financiera, que tienen la obligación de publicar al respecto en sus respectivos portales digitales, según disposición del BCP (Res N° 2, Acta N° 123 del 15 de noviembre 2001). Las tarjetas de débito y crédito se rigen por Ley N° 5476/15.