Anexo C original es el aplicable, dicen

(AYOLAS, departamento de Misiones; Miguel Ángel Rodríguez). Las Notas Reversales de Yacyretá, tanto del año 1992 como las últimas aprobadas por ley (2017) no están en vigencia, porque no hubo canje de instrumentos de ratificación, expresó el Ing. Germán Escauriza.

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Fue durante una visita realizada por una delegación de senadores, diputados y parlasurianos a la Central Hidroeléctrica Yacyretá (CHY), para verificar las obras de adecuación de las líneas de 500 kV, de la que formó parte.

El profesional compatriota indicó igualmente que para que entren en vigencia las notas Reversales de Yacyretá es necesario que haya canje de instrumentos de ratificación, la cual no se produjo.

“Al no haber canje, y con el agravante de que el Legislativo informó al presidente de la República que las reversales del 92 no integran el derecho positivo paraguayo, no es ley en el Paraguay”, agregó el especialista.

Debe apuntarse empero que la observación del Ing. Escauriza es plenamente válido para la NR 92, la que a pesar de todo sigue vigente hasta hoy, no así para el instrumento Loizaga-Faurie, que fue firmada en septiembre de 2017 por los Ejecutivos, y cuya ley de aprobación fue sancionada y promulgada en 2018 en Paraguay, no así en la Argentina.

El técnico añadió que por ese motivo las autoridades de la EBY no pueden aplicarlas bajo ningún punto de vista, razón por la cual se tiene que aplicar el Anexo C original, y que las compensaciones por territorio inundado tienen que ser pagados a nuestro país.

“La notas reversales no pueden ser retroactivas, hasta el día de hoy se tiene que recibir compensación por los territorios inundados, manifestó Escauriza. La NR N° 2/17, que aún no fue aprobada por el Congreso argentino, modifica profundamente el Anexo C de 1973.

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