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En este sentido, la organización propone el control y la fiscalización en tres departamentos y 21 municipios, donde se debe hacer cumplir las siguientes leyes vigentes: la ley Nº 294/93, de Evaluación de Impacto Ambiental, y la Ley Nº 4397/11, que prohíbe el tripolifosfato de sodio en el Paraguay. Señala que, en el caso de la primera normativa, las industrias que no la cumplan deberán ser “clausuradas de manera inmediata”, y en relación a la segunda, pide que las autoridades de aplicación –en este caso, el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social y la Secretaría del Ambiente (SEAM)– inspeccionen los productos a ser importados en la Aduana.
Asimismo, reclama la realización de estudios para conocer los ecosistemas del espejo de agua y de subcuenca del río Salado; hacer cumplir el Decreto N° 5686/90, de creación del área para parque nacional; realizar una evaluación ecológica rápida (EER) tanto del espejo del agua como de la subcuenca del Salado para definir los objetos de conservación, entre otras medidas de urgencia.