Alegan que nueva ley de IPS es inconstitucional

La Ley 5655/16, promulgada este jueves pasado y que habilita al Instituto de Previsión Social (IPS), entre otras cosas, a invertir hasta el 40% de la renta de los fondos jubilatorios en préstamos al sector Salud de la misma entidad para la construcción de hospitales, es inconstitucional, porque va en contra de lo que dispone el Artículo 95 de la Carta Magna.

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Así sostuvo ayer Pedro Ferreira, extitular del IPS, en una entrevista con ABC Cardinal, en la que se manifestó en contra de lo que dispone la nueva normativa, porque cree que va a perjudicar los fondos jubilatorios y, por ende, a quienes aportaron y aportan para su jubilación.

Ferreira alegó que, constitucionalmente, los fondos previsionales “no pueden ser utilizados para otros fines que no sean aquellos para los cuales fueron acumulados”. Añadió que “es una lástima que una ley tan buena, hasta conceptualmente, no haya sido sometida a una mayor discusión (...), porque así como está, eso puede generar con el tiempo cierta situación lastimosa para muchas personas”.

Según Ferreira, en la ley se habla de usar el 40% de la renta, pero no se define qué se va a entender por renta o cómo se va a establecer esa renta, por ahora presunta. Amplió la idea indicando que para un sistema previsional y sus fondos jubilatorios, los intereses que se reciben por los depósitos y las inversiones en bonos o CDA no son directamente rentas, en todo caso rentas aparentes, pues para saber qué excedente se tiene o se puede tener hay que efectuar un “cálculo actuarial”.

Sobre esta nueva ley, autoridades administrativas y técnicas del IPS adelantaron que es un auxilio legal muy oportuno que servirá para salvar el seguro social en el sector Salud, que está sobrepasado y precisa de más fondos, que en este caso vendría en calidad de préstamo del propio IPS.

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