Al edificar, constructores y propietarios hacen lo que quieren en Encarnación

Un alto porcentaje de propietarios y constructores de Encarnación hacen lo que quieren a la hora de levantar edificios. Por ejemplo, deben ocupar solo el 75% de sus predios, pero no cumplen.

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ENCARNACIÓN (José Miguel González, de nuestra redacción regional). Lo que pasa es que “aplican la política de los hechos consumados”, dijo al respecto un funcionario de la Dirección de Obras y Servicios de la Municipalidad local, René Miglio. Las empresas y profesionales presentan el proyecto a la Dirección de Planificación, con planos que indican un 75% de ocupación, pero después construyen en todo el terreno.

Una vez comprobada esta contravención por la Municipalidad, “la norma establece que ese 25% agregado debe ser demolido”, dijeron en Planificación. Sin embargo, a través de una ordenanza, la Junta Municipal decidió que se cobren solamente multas, que en muchos casos, según se puede comprobar en la práctica, se trata de sumas irrisorias con respecto al valor total de las construcciones y a la gravedad de los hechos. Se trata de la ordenanza 200/2009, establece “en concepto de multa, un valor equivalente al doble del monto correspondiente al impuesto a la construcción que se debe abonar por el total de la obra construida, según la categoría de la construcción que corresponda, sin perjuicio del impuesto respectivo”.

Por ejemplo, tuvimos acceso a la copia de una boleta de multa. Sobre una superficie edificada de 49 m², con un valor total de G. 56.994.465, la multa aplicada es de solo G. 738.648. A los propietarios de negocios en el circuito comercial les conviene, atendiendo que el alquiler está entre 1.500 y 5.000 dólares (G. 28.000.000) mensuales y las multa de menos de G. 1.000.000, como en el caso mencionado.

Esta transgresión a las normas de la Comuna no solo ocurre en construcciones del circuito comercial, sino en un sector de la coqueta costanera Padre Bolik. Hacen caso omiso a las sanciones. Prefieren abonarlas y seguir con la obra. “Se originó cuando la Entidad Binacional Yacyretá (EBY) entregó las propiedades en comodato y no el título. Entonces, los relocalizados, al no contar con la licencia, no podían obtener el permiso municipal y empezaron a edificar los terrenos en su totalidad”, aclaró Miglio. También la EBY entregó terrenos de 160 metros cuadrados, cuando el mínimo de una finca debe ser de 360 metros cuadrados, dijo el funcionario municipal.

Otra irregularidad es que los nuevos dueños de casas y negocios no cumplen con la ordenanza que exige espacio para estacionamiento en departamentos de uso familiar, comercial u oficinas. “A partir de 80 m², hasta los 160 m², se exigen dos espacios para estacionamientos, y aumenta dicha cantidad en relación a cada 80 m²”.

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