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Lo único que hizo la agencia -según dijo- fue reconocer esa potestad e incluirla en la base de datos de del Registro Nacional de Licencias de Conducir y Antecedentes de la Agencia Nacional del Tránsito y Seguridad Vial.
Pero varios intendentes cuestionan las resoluciones que habilitan a los militares a tener su propio centro de expedición de registros, porque la Ley 5016/14 que crea la ANTSV no la menciona como tal. Citan además la Carta Magna (Art. 168) y la Ley Orgánica Municipal 3966/10.
Al respecto, el abogado Ferreira señaló que “deben recurrir a la Corte Suprema para solicitar la inconstitucionalidad” de las resoluciones que les afectan.
En mayo último la agencia contrató (Ferreira omitió el monto pagado) al doctor Daniel Mendonca para dictaminar sobre las resoluciones. Concluyó que la institución militar es competente para expedir sus propias licencias y la ANTSV tiene potestad para dictar resoluciones administrativas en materia de emisión e impresión de licencias.
El doctor Eusebio Ramón Ayala, ahora senador de la Nación, sin entrar a analizar el fondo de la cuestión, dijo que todas las leyes anteriores a una ley quedan revocadas si dice al final que “quedan derogadas las demás disposiciones contrarias a la presente ley”. Lo que consta en la Ley 5016 de la ANTSV.