Afirman que con autarquía de ANDE no se evitará la intromisión política

El proyecto de Fortalecimiento al Sector Eléctrico Paraguayo que plantea la autarquía de la Administración Nacional de Electricidad no ayudará a solucionar los problemas que afronta el sector, ni evitará que sigan las intromisiones políticas, advierte un exdirectivo del ente.

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La propuesta presentada por el diputado Óscar Tuma y apoyada por los sindicalistas de la ANDE “es un parche” de la Ley 966/64, que rige actualmente la institución, puesto que en caso de ser aprobada la normativa continuará la intromisión política al interior de la empresa, señaló el ingeniero Ernesto Samaniego, exgerente de Planificación de la estatal, quien además es docente y técnico del sector eléctrico.

Según su opinión, con el proyecto en cuestión, la ANDE seguirá siendo vulnerable ante las presiones, tanto internas –de sindicatos y funcionarios apadrinados por políticos– como externas –de proveedores, contratistas y políticos ligados al sector–.

Así también “se permitirá que continúe la discrecionalidad de la gestión con el consabido resultado”, destacó Samaniego.

Para el exdirectivo no hay dudas de que el sector eléctrico debe ser una herramienta de político/económica, por lo tanto, “es conveniente su permanencia en manos del Estado, a través de la Administración Nacional de Electricidad, pero esto no descarta que la ANDE no deba ser transformada para cumplir de manera más eficaz y eficiente con la misión que tiene asignada”.

Añadió que la eficiencia y la eficacia de una empresa “no es atributo de su propiedad –estatal o privada–, sino que pasa por el marco jurídico en que opera y por la calidad de sus directivos”.

En cuanto al proyecto de “Fortalecimiento” del diputado Tuma, luego de leerlo detenidamente y analizarlo, opinó que se debe mencionar que los artículos 1° y 2° “son puro verso”, es decir, “bla bla”. Mientras que, según se observa en los artículos 3° y 4° se plantea que la ANDE quede exceptuada de cumplir la Ley 2051/03 “De Contrataciones Públicas” y la Ley 1626/00 “De la Función Pública”; por lo tanto, a continuación, con los artículos 5° y 6°, “el presidente de la institución, virtualmente o, de hecho, se convertiría en el dueño de la empresa con el consabido riesgo de captura política o económica, ya que no existiría ningún control directo a sus decisiones”, concluyó el ingeniero Samaniego.

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