Aduana complica ahora ingreso de materia prima para domisanitarios

La Dirección General de Aduanas ha comenzado a “complicar” el ingreso de materias primas destinadas a la fabricación local de productos domisanitarios, posiblemente bajo la presión de los importadores, denunció el titular de la Asociación de Industriales Domisanitarios y Afines (AIDA), Esteban Morábito. Dijo que la institución estaría violando la ley que prohíbe el tripolifosfato.

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El dirigente industrial manifestó que les “llama poderosamente la atención” que los importadores de productos domisanitarios terminados sigan ingresando sus cargas sin ningún contratiempo, mientras que AIDA está recibiendo cartas de los importadores de materias primas que tienen dificultades para despachar.

“Esto es muy curioso, porque la Ley N° 4397/11, que prohíbe el uso del tripolifosfato de sodio (uno de los principales contribuyentes de la contaminación del lago Ypacaraí, según la Seam) en productos domisanitarios, como detergentes, jabones en polvo, líquidos, lavavajillas, etc., se refiere a productos domisanitarios terminados, no de materias primas, y mucho menos de agroquímicos”, expresó.

Dijo que no se puede entender por qué la Aduana está creando dificultades a sectores que nada tienen que ver, y -sin embargo- los importadores de productos terminados no están teniendo dificultades, a pesar de que tienen que cumplir con una serie de trámites tendientes a demostrar que sus cargas no contienen el tripolifosfato de sodio, cuyo uso está prohibido por ley, y que la industria paraguaya no utiliza hace aproximadamente seis años.

Afirmó que están esperando que la situación se normalice, sobre todo porque la ley habla de verificar la importación de productos domisanitarios. “Yo quiero entender esto como una suerte de mala interpretación de la ley, que solamente habla del tripolifosfato y de productos domisanitarios terminados; tampoco se refiere a párrafos aduaneros. La normativa es sumamente clara al respecto”, manifestó.

Lo que dispone la ley

La Ley N° 4397/11 en su Art. 2° establece: “La producción y/o importación de productos domisanitarios en la República del Paraguay deberá estar acompañado del certificado expedido por el Ministerio del Medio Ambiente (Seam) o entidad equivalente del país de origen y por el Ministerio de Salud Pública o equivalente del país de origen en el que se acredite que el producto importado no contiene en su formulación el tripolifosfato de sodio. Dicho certificado deberá ser acompañado con cada despacho de importación o remesa de dicho producto”.

En su Art. 4° prescribe: “La Dirección Nacional de Aduanas solamente dará trámite a los despechos de importación de los productos referidos en el Artículo 2º que cuenten con el certificado expedido por el laboratorio nacional habilitado, a más de los certificados de inspección emitidos por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social y la Secretaría del Ambiente (Seam). La falta de dicha documentación impedirá a la autoridad aduanera dar curso a los procesos aduaneros de rigor”.

Amparo

Cabe recordar que el gremio industrial ha denunciado que la Aduana, en realidad, no cumple la ley, por lo cual solicitó un amparo constitucional, que tuvo curso favorable el 14 de noviembre pasado, teniendo en cuenta que el juez penal de garantías, Rubén Ayala Brun, hizo lugar a la acción, obligando a la entidad aduanera a dar “cumplimiento irrestricto a la ley”. Sin embargo, de vuelta el sector importador ha accionado contra la decisión del citado juez, y se espera resultado.

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