Cargando...
La referida ley “establece reglas de transparencia en el régimen de las sociedades constituidas por acciones y se establece disposiciones en materia societaria”, y su Decreto Reglamentario Nº 9043/18.
El informe de la Abogacía señala que a partir del 18 de febrero próximo las multas serán aplicadas, siempre que se den los incumplimientos señalados en la norma.
Explica que esta medida obedece a la necesidad de ordenar y esquematizar el procesamiento de los trámites virtuales, previendo el aumento paulatino en la cantidad de las solicitudes recibidas en un promedio de 800 a más de 5.000, correspondientes solo al segmento de inscripción de sociedades, iniciados a partir de la vigencia de referida Ley y su decreto reglamentario.
“La Abogacía del Tesoro asumió esta determinación a través de la Resolución AT Nº 01/2019 de fecha 8 de enero del corriente año, la que establece un calendario para iniciar la aplicación de las sanciones, multas y medidas no sancionatorias por las infracciones al incumplimiento de la mencionada ley”, expresa el informe.
Añade que el calendario referido solamente se emplea como cronograma de inicio de la aplicación de sanciones, multas y medidas no sancionatorias estipuladas en las disposiciones mencionadas, el cual perderá su vigencia a partir de cada fecha establecida según el grupo de sujetos obligados por terminación del RUC, y quedarán únicamente los plazos legales como de cumplimiento obligatorio.