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Conforme se detalla en el documento, el objeto de la consulta se debe a que entidades privadas que representan actividades industriales y de servicios han comunicado su preocupación por el posible aumento de la preferencia, el cual se establece en el artículo 2 de la Ley Nº 4558. Agrega que las entidades reclamantes consideran que la medida perjudica al comercio de la región al imponer mayores límites a lo acordado en el protocolo de compras públicas Mercosur, que consagra la voluntad ya laudada de todos los Estados Parte respecto al tratamiento que se debe aplicar intra-bloque a las compras públicas, especifica.