Proyecto plantea crear una comercializadora de energía

El anteproyecto de ley de reforma del sistema eléctrico nacional contempla la creación de una Comercializadora Nacional de Energía Eléctrica de las Entidades Binacionales (Conebi), una institución encargada de la comercialización de la producción energética de las entidades binacionales.

PROYECTO DE LEY DE REFORMA DEL SISTEMA ELÉCTRICO
PROYECTO DE LEY DE REFORMA DEL SISTEMA ELÉCTRICOArchivo, ABC Color

Cargando...

De acuerdo al anteproyecto de “Ley General de la Industria Eléctrica”, se debe crear la figura de la Conebi o Comercializadora Nacional de Energía Eléctrica de las Entidades Binacionales, una institución autárquica, autónoma y descentralizada, que será la encargada de la gestión de la comercialización de la producción energética de las entidades binacionales Itaipú y Yacyretá.

Según el proyecto, a esta institución se le dará facultades para que pueda llamar a licitación internacional de todo el excedente de energía de las binacionales. “En Brasil existen más de 90 comercializadoras de energía. La más grande es Eletrobras”, señaló el Ing. Nelson Cristaldo, empresario del sector eléctrico y uno de los proyectistas.

“La idea es que la Conebi vaya a crear diferentes bloques (o paquetes) de energía que serán licitados en Paraguay, dentro del mercado paraguayo, a precio de mercado paraguayo, y las comercializadoras que más ofrezcan, van a cerrar el contrato con la Conebi”, dijo.

Cristaldo aseguró que los fondos obtenidos, que fácilmente superarían los US$ 1.600 millones anuales, serán destinados al presupuesto general de la Nación, que posteriormente serán utilizados para salud, educación y seguridad.

El anteproyecto contempla a la Conebi como entidad descentralizada que se relacionará con el Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Energía, Minas e Hidrocarburos (MEMH), que también se busca crear con la reforma. “El Estado paraguayo nominará a la Conebi como único ente que lo representará ante las entidades binacionales. La Conebi sucederá a la ANDE como representante ante las entidades binacionales, de conformidad a lo establecido en el inciso “d” del Artículo II y del Artículo XIV del Tratado de Itaipú, así como con el inciso “f” del Artículo II, y Artículo XIV del Tratado de Yacyretá”, indica el documento.

El régimen jurídico y económico al que se someterán los intercambios internacionales relativos a los contratos de compra venta de potencia y energía de las binacionales creadas por tratados internacionales se realizarán a través de la Conebi o la entidad comercializadora nominada por el Estado paraguayo ante las binacionales. Estas operaciones deberán ser comunicadas al Operador del Sistema (otra figura que se plantea crear), que podrá denegarlas cuando impliquen un riesgo cierto para el suministro.

Enlance copiado
Content ...
Cargando...Cargando ...