Mantienen régimen de IVA para el transporte

El Ejecutivo decidió mantener el régimen especial para la liquidación del IVA de las empresas de transporte público de pasajeros, según el Decreto N° 3322 que dio a conocer.

Se mantiene el régimen especial para liquidación de IVA de las firmas de transporte público de pasajeros, hasta 31 de octubre.
Se mantiene el régimen especial para liquidación de IVA de las firmas de transporte público de pasajeros, hasta 31 de octubre.Archivo, ABC Color

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La normativa dispone que desde el 1 de enero hasta el 31 de octubre las empresas de transporte público de pasajeros de media y larga distancia, como así también aquellos servicios de traslados de pasajeros urbanos e interurbanos que sobrepasen en su itinerario ida y vuelta 100 km, a nivel nacional, liquidarán e ingresarán mensualmente el IVA, aplicando la tasa del 10% sobre el 7,5% de los ingresos brutos generados por cada vehículo, determinando así el IVA débito del cual se deducirán el IVA crédito a las adquisiciones de bienes o servicios afectados a la actividad.

A partir del 1 de noviembre, sin embargo, las referidas empresas deberán abonar el IVA conforme a la nueva ley de modernización y simplificación tributaria.

Las empresas de transporte cuyo itinerario total de ida y vuelta no sea mayor a 100 km están exonerados del IVA por esta ley.

El régimen presunto se mantiene a pedido del MOPC para no afectar el precio del boleto, señala.

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