Sostienen que ley tributaria facilita formalización de microempresarios

La incorporación del “RE Simple” en el nuevo sistema tributario facilitará la formalización de los microemprendedores, con mínimos requisitos, aseguró la Lic. Alba Talavera, del CCP.

LOS IMPUESTOS QUE RIGEN DESDE ESTE AÑO 2020
LOS IMPUESTOS QUE RIGEN DESDE ESTE AÑO 2020Archivo, ABC Color

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Los microemprendedores desde ingresos mínimos y hasta G. 80 millones al año podrán inscribirse en el régimen “RE Simple” (Renta Empresarial Simple), nueva modalidad que apunta a la formalización de las micro y pequeñas empresas unipersonales, detalló la profesional del Colegio de Contadores del Paraguay (CCP).

Indicó que esta modalidad prevé un sistema de registro sin muchos trámites ni papeleos a fin de facilitar las gestiones al potencial contribuyente, y además se están viendo los mecanismos más fáciles para que ellos puedan presentar sus datos y liquidaciones impositivas al fisco desde dispositivos móviles.

Desde el momento de tener un RUC y presentar informes al fisco, le dará al microemprendedor la posibilidad de ser sujeto de crédito en instituciones del sistema financiero, donde hoy muchos de ellos no pueden acceder ante la falta de documentos que respalden sus ingresos, por lo que recurren a usureros que los castigan con tasas muy elevadas, explicó Talavera.

La profesional instó a los potenciales contribuyentes a no asustarse de estas nuevas disposiciones, ya que la tasa anual a pagar por la renta (1%) es ínfima, teniendo en cuenta los beneficios a los que puede acceder una vez formalizado.

El contribuyente del “RE Simple” deberá informar al fisco de forma anual sobre sus ingresos y egresos, y deberá contar con comprobante de venta respaldatorio para dar a sus clientes.

La dirigente del CCP estima que la formalización de los micro y pequeños comerciantes se irá dando de manera gradual, a medida que la ciudadanía tome conciencia sobre la importancia de trabajar legalmente.

Por otra parte, en lo que respecta al nuevo Impuesto a la Renta Empresarial (IRE), la especialista sostiene que se establecerá una mayor equidad al igualar la cancha entre la Renta Agropecuaria (Iragro) y la Comerical (Iracis). Recordó igualmente que los contribuyentes del Iragro pasarán al IRE recién en julio de este año, luego de la última liquidación.

Esta equidad también se da, según la profesional, en la liquidación del Impuesto a la Renta Personal (IRP), ya que la nueva disposición establece una tasa diferenciada en función a los ingresos. “Pagan más los que ganan más”, señaló.

Cabe destacar que si la renta neta (ingresos menos egresos) alcanza entre G. 50 millones y 100 millones, el contribuyente deberá pagar una tasa del 8%, pero si resulta entre G. 100 millones y 150 millones, pagará 9%, y aquellos contribuyentes cuya renta neta es superior a G. 150 millones, 10%.

Hay puntos no aclarados

La posibilidad de arrastrar la pérdida fiscal en el IRP es un punto que no está aclarado en los decretos. Así como se contempló el arrastre de pérdidas para el IRE, también se debe poder ejecutar para el IRP, acotó la Lic. Alba Talavera.

Este punto es muy importante, porque los contribuyentes quieren saber si las inversiones grandes que realizaron podrán compensar en los siguientes ejercicios. Otro de los puntos no aclarados es en relación al blindaje de los fondos que provengan de los ingresos que generen estos cambios en la nueva ley tributaria. Hasta el momento no se reglamentó y persiste la preocupación de que estos fondos se direccionen nuevamente a gastos corrientes.

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