El Ejecutivo reglamenta cambios que rigen desde 1 de enero en ley tributaria

A partir del 1 de enero rigen cambios en el sistema impositivo del Paraguay, según se confirmó ayer con los decretos reglamentarios emitidos desde el Ejecutivo. Contadores aún aguardan instrucciones técnicas de Hacienda para adecuación de sistema y formularios.

LOS IMPUESTOS QUE REGIRÁN EN 2020
LOS IMPUESTOS QUE REGIRÁN EN 2020Archivo, ABC Color

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El Poder Ejecutivo emitió ayer los decretos que reglamentan una parte de los artículos de la Ley 6380/2019 de Modernización Tributaria en la que especifica algunos de los cambios que rigen para los contribuyentes desde el próximo año.

Los decretos emitidos ayer por el Ejecutivo son el Nº 3107/19, que establece disposiciones sobre el Impuesto al Valor Agregado (IVA); el Nº 3108/19, que reglamenta el procedimiento para devolución del IVA Crédito; el Nº 3109/19, que reglamenta el Impuesto Selectivo al Consumo, y el 3110/19, que reglamenta el Impuesto a la Dividendos y Utilidades (IDU).

Aún queda pendiente la reglamentación del Impuesto a la Renta Empresarial (IRE), que unificará las rentas de comercio, industria y servicios con la renta del sector agropecuario. También falta el capítulo correspondiente al Impuesto a la Renta a la Personas (IRP), y el régimen Simple y Resimple para los pequeños y medianos contribuyentes.

Algunos cambios que se plantean: en el IRP es la disposición de tasas diferenciadas; mientras que en el ISC suben levemente las tasas máximas del impuesto a tabacos y bebidas y otros rubros, pero no podrán ser modificados hasta un año después y dependiendo de la coyuntura económica.

Consultada sobre estos decretos, la Lic. Alba Talavera del Colegio de Contadores del Paraguay (CCP) mencionó ayer a ABC que vienen a clarificar los artículos de ley para una mejor práctica, pero que aguardan las disposiciones técnicas de Hacienda.

Hacienda estima una recaudación adicional de US$ 300 millones luego de su implementación total. Estos fondos que deben estar blindados para destinarlos a inversión en salud y educación, según dispone la Ley 6380/19. Sin embargo, al momento todavía no se reglamentó el procedimiento para su aplicación.

Incluso hay preocupación sobre el manejo de estos recursos adicionales, ya que al momento no se ha reglamentado el procedimiento para blindarlo y podrían estar expuestos a desvíos hacia gastos corrientes, advirtió al respecto, el ejecutivo bancario Beltrán Macchi.

Casi todos los gremios empresariales se opusieron al denominado “impuestazo”, porque dijeron que no era el momento de subir tributos en plena crisis económica. Pero el gobierno, mediante un pacto político en el Congreso (colorados abdistas, cartistas y liberales llanistas), logró su aprobación sin mayores cambios respecto al texto original.

Esperan instructivos para sistema y formularios

Desde el Movimiento Resistencia Contable indicaron que hasta ayer, Hacienda no se ha reportado para emitir las disposiciones técnicas que pongan en marcha estos cambios sugeridos en la Ley 6380/19 y sus reglamentaciones. Comentaron que los contribuyentes deben realizar un montón de ajustes que van desde el sistema informático, comprobantes y formularios de liquidación impositiva. Señalan que a menos de 10 días de la vigencia de estos cambios, aún hay muchas dudas sobre los procedimientos a seguir.

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