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Nuestro diario accedió ayer al “proyecto” de Resolución N° 176/19 del Comité de Administración y Operación de los Contratos de Compra y Venta de los Servicios de Electricidad de la Itaipú (Cadop), elaborado sobre los términos “acordados” en el Acta Bilateral firmada en secreto el 24 de mayo pasado. El documento (que quedó sin efecto), calificado de entreguista y que casi le cuesta un juicio político al presidente de la República, Mario Abdo Benítez, fue suscrito por el exembajador paraguayo Hugo Saguier Caballero, y su par brasileño Pedro Miguel Da Costa e Silva.
En el citado borrador de la resolución se invoca las “tratativas entre las Altas Partes Contratantes”, que resultaron el 24 de mayo de 2019 en un acuerdo relativo a la contratación de potencia de la central hidroeléctrica de Itaipú para un periodo de cuatro años (2019-2022). Según fuentes técnicas, este es uno de los principales elementos con el potencial para causar graves perjuicios a la ANDE, que contrataba por periodos anuales.
Los firmantes ni siquiera intentaron que esa modalidad anual de contratación persista hasta el año 2023, que es el plazo límite establecido en el “Instrumento de Compromiso” firmado en el año 2007, durante los gobiernos de Nicanor Duarte Frutos y Luis “Lula” Da Silva, y ratificados durante los gobiernos de Lugo-Lula y Horacio Cartes-Dilma Rousseff.
El documento provisional también indica que esas tratativas también “concluyeron en entendimientos” en cuanto a la reglamentación específica del Instrumento de Compromiso entre la ANDE, la Eletrobras y la Itaipú Binacional sobre aspectos técnicos y de contratación de los servicios de electricidad de la Itaipú Binacional, del 31 de enero de 2007.
Sin escapatoria
Esto, según fuentes técnicas de la binacional (margen derecha), no ofrece chance alguna de salirse de todo lo establecido en el Acta con relación a cuestiones técnicas y operativas, contrariamente a lo establecido en la Resolución 170/07, que reza que las tratativas estaban analizadas y ajustadas entre las tres instituciones hasta cumplir la vigencia del Instrumento de Compromiso.
Resuelve asimismo proponer a la Itaipú, a la ANDE y a la Eletrobras que la vigencia será para el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2019 y el 31 de diciembre de 2022. Esto implicaba una grave amenaza para la ANDE, dado que iba a pagar por algo que no utilizó realmente entre enero y mayo de este año.
En cuanto al uso prioritario de la potencia excedente disponible por parte de la ANDE, según nuestra fuente este no es el problema, sino el contenido en sí del acta, donde se fija niveles de potencia contratada (la energía más onerosa) durante los cuatro años y la forma en que sería aumentada o disminuida, según el crecimiento de la demanda.
Manejo del embalse
Un aspecto considerado grave, incluido en el Acta Bilateral y en la resolución de contrato, es el manejo del embalse por parte de los directores técnicos de ambas márgenes y no más por el Consejo.
Otro tema fue el prorrateo en “condiciones de hidraulicidad compleja”; o sea, cuando el flujo del agua está en baja, que habría beneficiado solo al Brasil.