Cargando...
El punto “c” es uno de los subrayados como riesgoso para los intereses del país. En él se lee que “en la hipótesis de que ocurra una cesión de energía vinculada de una entidad a otra, el monto de potencia asociada a esa energía vinculada (las negritas son nuestras) será contabilizado como cesión de potencia contratada de una entidad a otra”.
“Es muy difícil determinar porque se inventó un término que es cesión de energía vinculada, porque en todo el tratado no se encuentra esa frase. Entonces va a ser muy difícil que después los técnicos nos pongamos de acuerdo”.
Redacción brasileña
Después se supo que la expresión “energía vinculada” existe en la literatura propia del negocio eléctrico en Brasil, no así en Paraguay, tampoco en el Tratado.
En otras palabras, la sospecha que el Acta fue redactada por Itamaraty y sus técnicos, aumenta considerablemente y que la versión en castellano que trascendió en nuestro país no es una traducción muy exigente del portugués.
Nuestras fuentes añaden sobre el punto que si la cesión se realiza sobre “base horaria”, beneficiará a la ANDE, no así si es mensual, “que es lo que quieren los brasileños”.
La mayor contratación de potencia garantizada y, por ende, la energía asociada, y menos de la adicional significará para la ANDE en el lapso comprendido entre 2019 y 2020, un sobrecosto superior a los US$ 250 millones. En las tratativas, se supo que el documento final incluiría el correspondiente monto compensatorio, inclusive hablaron de US$ 180 o US$ 200 millones que provendrían de Itaipú para que la estatal paraguaya enjugara este déficit.
Explicaron las fuentes que, por lo visto, fue un señuelo para que la anterior administración de la ANDE se apeara de sus cuestionamientos y firmara el correspondiente documento. Nada de eso está escrito, luego no hay compromiso.