Son numerosos los puntos en controversia

El proyecto de la Ley del Futbolista Profesional popularizado con el nombre de sus mentores como “Ley Ocampo-Tuma” obtuvo media sanción con su aprobación en la Cámara de Diputados. Pasa ahora al Senado, que deberá considerarlo.

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Como lo han expresado desde que salió a luz, los futbolistas agremiados no están de acuerdo con varios artículos que, según señalan, son “aún más perjudiciales” para sus intereses que la ley vigente.

A propósito de la aprobación, después de varios intentos del proyecto “Ocampo-Tuma en la Cámara Baja, el diputado Víctor Ríos había manifestado su sorpresa en el sentido que “sobre la hora” varios de sus colegas que estaban contestes con las reivindicaciones de los futbolistas, cambiaron de postura y votaron a favor del discutido proyecto de ley.

Teniendo a la vista las copias del proyecto Ocampo-Tuma y del que se originó en el seno del gremio de futbolistas, que no fue tenido en cuenta, pasamos a puntualizar los aspectos más álgidos en esta controversia por intereses encontrados de los protagonistas del fútbol y de los dirigentes.

* Artículo 4. Que trata la forma y contenido del contrato del futbolista. El proyecto Ocampo-Tuma habla de formalizar el contrato con cuatro copias a ser entregadas a la APF, al club contratante, al jugador y a la agremiación a la cual está afiliado el futbolista. De esta forma, se deja de mencionar a la FAP como receptora de una de las copias contractuales, cuando que la FIFA exige que sea especificado el gremio que reconocen tanto esa matriz del fútbol mundial como la FIFPRO (Federación Internacional de Futbolistas Profesionales), que reconocen una sola agremiación por país, que en el caso de Paraguay es la FAP.

En el mismo apartado señala el proyecto con media sanción que las partes podrán pactar la extensión y prolongar el contrato de común acuerdo. Esto es rechazado de plano por FAP que exige que sea eliminada toda mención a “extensión” o “prolongación” de contratos porque eso se encuadra dentro de la figura de la “prórroga” que ha sido desechada en todo el mundo y por la FIFA hace diez años. Lo que se pretende es la elaboración de un nuevo contrato y no ninguna forma de “prórroga”.

* Artículo 6. En los casos de jugadores menores de 18 años que por exigencia de FIFA deben tener “contrato deportivo” que implica sueldo mínimo y no como reza el proyecto referido que habla del 60% del sueldo mínimo legal para los menores de edad.

* Artículo 9. Menciona supuestas sanciones al club infractor o al jugador en caso de infringir disposiciones. “Lo que quieren es dejar siempre resquicio para sancionar al jugador y tener dominio sobre él. No puede haber sanción alguna si se respetan los contratos”, señaló al respecto el presidente de FAP, Rogelio Delgado. Este también subrayó que en el proyecto en cuestión “no se especifica que la plata del porcentaje correspondiente al jugador se deposite en la APF. De ahí que muy pocos jugadores de nuestro medio han cobrado el mentado porcentaje del 20% de su transferencia”. Se menciona el caso más reciente de despidos masivos en el 12 de Octubre, de futbolistas que jugaron este año sin contratos, con base en el “acuerdo” con el club, cosa que FAP quiere erradicar por completo. (mañana, segunda parte)

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