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Sigue el proceso de socialización del proyecto de ley con el que buscarán reformar el sistema de transporte público de pasajeros de Asunción y su área metropolitana, que además incluye la regulación del transporte de corta, mediana y larga distancia, internacionales, e incluso de camiones.
De acuerdo con el borrador del plan normativo, la Dirección Nacional de Transporte (Dinatran) seguirá con su competencia actual de regular, supervisar y fiscalizar el transporte terrestre de pasajeros y de carga en el ámbito departamental, nacional e internacional. Se excluye de su área de competencia la regulación del transporte público metropolitano de pasajeros y el transporte público municipal, responsabilidad que asume el Viceministerio de Transporte (VMT), dependiente del MOPC.
Esto significa que los buses de corta, mediana y larga distancia, además de los que realizan conexiones internacionales, seguirán dependiendo de Dinatran, además del transporte de cargas. En este sentido, el otorgamiento de concesiones de servicios, de itinerarios o zonas de explotación, por primera vez, se hará a través de licitación pública y que las bases y condiciones serán determinadas por esa dependencia.
En este sentido, la Dinatran podrá renovar estas concesiones por periodos iguales, sin necesidad de una nueva licitación, siempre que las empresas concesionarias cumplan con los requisitos establecidos para esos efectos.
Las obligaciones de la Dinatran, en el marco de su área de competencia, son las siguientes:
- a) Formular reglamentaciones y normas, habilitar y fiscalizar todo lo referente al transporte terrestre nacional e internacional, destinado a cargas, pasajeros y servicios especiales;
- b) Establecer las características técnicas y condiciones que deberán reunir las unidades de transporte para su circulación;
- c) Establecer modos de organización, prestación de servicios y explotación del sistema, itinerarios, frecuencias y proponer tarifas de los servicios de transporte público de pasajeros departamental, nacional e internacional;
- d) Coordinar sus acciones con las autoridades competentes previstas en esta Ley y otras instituciones, sean públicas o privadas, para el mejor cumplimiento de sus funciones;
- e) Arbitrar los medios para asegurar la continuidad y regularidad de los servicios de transporte público de pasajeros;
- f) Regular, proveer y conceder los servicios de revisión técnica para la habilitación de los medios de transporte de pasajeros y carga nacionales;
- g) Responsabilizarse de la aplicación de los convenios internacionales en áreas de su competencia;
- h) Disponer el retiro de la circulación de las unidades de transporte que contravengan las disposiciones de la presente Ley y sus reglamentos; y,
- i) Regular, proveer y conceder los servicios de estudios psicotécnicos para la obtención de las licencias profesionales de conducción.
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Viceministerio de Transporte tendrá que aprobar la viabilidad de permisionarios municipales
El texto del plan normativo también establece que las municipalidades de áreas metropolitanas, en el ejercicio de sus competencias en materia de transporte público, deberán realizar el diseño de la operativa, la definición del tipo de servicio, y la determinación de los indicadores de niveles de servicio, para que el servicio de transporte público logre una asignación óptima de prestadores de servicios, distribuidos entre prestadores del servicio de transporte público municipal y metropolitano.
Con ese propósito, las municipalidades de áreas metropolitanas, con carácter previo a la iniciación del procedimiento de contratación del servicio de transporte público, deberán realizar evaluaciones sobre la viabilidad técnica, económica y social de los planes y proyectos de servicio de transporte público, aplicando metodologías de formulación y evaluación elaboradas por el Viceministerio de Transporte.
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Las evaluaciones realizadas serán remitidas al Viceministerio de Transporte para su análisis, el cual emitirá un dictamen de viabilidad vinculante y, en su caso, indicará los ajustes necesarios a ser realizados para la viabilidad de la propuesta. En este sentido, el VMT, a pedido de las municipalidades de áreas metropolitanas, podrá prestarles asistencia para la realización de las evaluaciones, en todos los aspectos y etapas de elaboración que le sean solicitados.
En caso de que el procedimiento de contratación del servicio de transporte público municipal que se inicie en inobservancia de lo dispuesto anteriormente se encontrará viciado de nulidad, la que será demandada por la Procuraduría General de la República, a pedido del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones, ante el Tribunal de Cuentas de la República.
La impugnación por nulidad referida en el párrafo anterior trae aparejada la suspensión del procedimiento de contratación viciado, previa acreditación prima facie del derecho invocado.