Cobro adicional del peaje con pago electrónico: ¿qué dice la Sedeco sobre la disposición?

Con la actualización de las tarifas en tres puestos de peaje administrados por el Gobierno, se recordó que abonar con medios de pago electrónico implicará un cobro adicional, pese a que está vigente la Ley 5.427, que prohíbe esta práctica y protege a los usuarios en la utilización de tarjetas de débito o crédito. ¿Hay excepciones cuando se trata del pago de peajes? Esta es la explicación de la Secretaría de Defensa al Consumidor (Sedeco).

El puesto de peaje Ecovía, sobre la ruta Luque-San Bernardino, es uno de los que tiene tarifas más altas desde este jueves 2 de enero. ABC Color.
El puesto de peaje Ecovía, sobre la ruta Luque-San Bernardino, es uno de los que tiene tarifas más altas desde este jueves 2 de enero. ABC Color.Jazmin Jara

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El Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) estableció, mediante la resolución N° 2471, el aumento de las tasas de peajes, que empezó a regir desde este jueves 2 de enero en tres de los dieciséis puestos administrados por la institución. Los incrementos se registraron en Ecovía (Ruta Luque-San Bernardino), Caapucú y Coronel Bogado, estos dos últimos de la Ruta PY01.

En este marco, desde el MOPC se recordó que habrá un costo diferenciado o adicional para los conductores que abonen en tarjetas debido al cargo de “comisión” para la empresa operadora que gestiona los pagos electrónicos, pese a que la Ley 5.427 prohíbe esta práctica.

Al respecto, la Secretaría de Defensa al Consumidor (Sedeco) recordó que si bien el artículo 20 de la normativa prohíbe a los emisores y comercios “realizar cualquier cobro adicional al precio de venta de cualquier bien o servicio cuando se abone con tarjeta de crédito o débito”, el peaje no se configura como el pago de un bien o servicio comercial y, por ende, está exceptuado de la legislación vigente.

En una resolución de diciembre pasado, la Sedeco resolvió que “la naturaleza del tributo se distingue de la venta común de bienes, dado que el cobro de peaje no se considera un pago comercial regular, sino un instrumento de recaudación pública. Por ende, el Estado cuenta con flexibilidad para regular sus propios mecanismos de recaudación”.

En este sentido, estableció que el Estado se encuentra exonerado del cumplimiento del artículo 20 de la Ley 5.427 en lo relativo al cobro adicional por el uso de tarjetas de crédito o débito al momento del cobro del peaje.

El aumento de las tasas de peajes empezará a regir desde este jueves 2 de enero en tres de los dieciséis puestos administrados por el MOPC. Archivo.
El aumento de las tasas de peajes empezará a regir desde este jueves 2 de enero en tres de los dieciséis puestos administrados por el MOPC. Archivo.

¿Por qué subió el peaje?

Al momento de anunciar el aumento de las tarifas, el MOPC señaló que “las tasas de tránsito son fundamentales para obtener recursos para mejoras” en las rutas y “forman parte del mantenimiento de la red vial”.

Afirmó que los ingresos adicionales de estos aumentos irán a trabajos de señalización, bacheo y limpieza de las franjas de dominio de las rutas. Según cifras de la institución, los puestos de peaje administrados por el MOPC a nivel nacional (16 en total) tienen ingresos mensuales promedio de 15.000 millones de guaraníes y, hasta noviembre de 2024, ya habían generado unos 173 mil millones de guaraníes.

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