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Con el incremento de la circulación vehicular por las fiestas de año nuevo y las vacaciones, el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC), a través de la Dirección de Patrulla Caminera, recordó a los conductores que tomen las medidas necesarias de precaución en las rutas, para que ninguna silla quede vacía en las fiestas de fin de año.
Entre las principales recomendaciones a los conductores son: velar por la velocidad que permita el tramo rutero, evitar los adelantamientos indebidos, evitar ingerir bebidas alcohólicas y portar documentos, como licencia de conductor, habilitación municipal y cédula verde, en formato físico o digital.
Asimismo, se reitera que las pruebas de alcotest solo pueden ser realizadas en las jefaturas y destacamentos habilitados en el ámbito nacional, aunque estas también pueden solicitarse por orden de la Fiscalía o la Policía Nacional.
Asimismo, en estas fechas también se observa una mayor afluencia de vehículos en rutas y zonas concurridas como supermercados y mercados. Por ello se insta a los conductores a extremar medidas de prudencia en el momento de transitar.
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Tolerancia cero y multas a conductores que manejen alcoholizados
La Patrulla Caminera recordó que la tolerancia es cero en los casos en que los conductores manejen bajo los efectos del alcohol y resalta que la seguridad en la vía pública es responsabilidad de todos.
La prueba de alcohol en el aliento desde 0,001 a 0,199 mg/l tiene una multa de tres jornales mínimos diarios (G. 322.881); de 0,200 a 0,799 mg/l, la multa llega a diez jornales mínimos diarios (G. 1.076.270) y desde 0,800 mg/l puede extenderse a 20 jornales mínimos diarios (G. 2.152.540).
La institución recordó que los antecedentes de los conductores que infrinjan las reglas serán remitidos al Ministerio Público para la persecución penal y aplicación de la pena, conforme a lo establecido en la Ley N.º 1160/1997 “Código Penal”.
Según la normativa, la inhabilitación solo corresponde cuando los conductores resulten culpables de accidentes, con víctimas fatales o lesiones graves, tal como explica los términos establecidos para el efecto por el Código Penal.