Reforma del IPS: críticas a la modificación del cálculo de jubilación y propuestas de mejora

El representante de la Unión Nacional de Jubilados, Pedro Halley, afirmó que el proyecto de ley de reforma en el IPS presenta deficiencias estructurales. Entre ellas, destacó que se debería implementar un mecanismo que otorgue al trabajador el mejor promedio posible y no solamente una fórmula, tal como pretende la iniciativa legislativa.

Fachada del Hospital Central del Instituto de Previsión Social (IPS).
Fachada del Hospital Central del Instituto de Previsión Social (IPS).

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El Congreso Nacional está analizando un proyecto de ley de reforma de la Carta Orgánica del Instituto de Previsión Social (IPS), que surgió en el Poder Ejecutivo. El punto principal es la modificación del cálculo de la jubilación para elevar de tres a diez años el periodo de cotización.

En conferencia de prensa, el representante de la Unión Nacional de Jubilados, el exgerente de Prestaciones del IPS Pedro Halley, señaló que no se oponen a la modificación de los años de cálculo, pero destacó que el proyecto presentado por el Ejecutivo presenta deficiencias que deben ser corregidas.

“Es una recomendación técnica a la que no nos oponemos porque es una cuestión necesaria, pero el proyecto adolece de deficiencias estructurales, de fondo y forma, que deben ser revisadas para que salga una ley buena y no una ley regla que no se puede reglamentar”, refirió.

Mencionó como ejemplo que la ley que crea la Superintendencia de Jubilaciones fue promulgada hace un año y hasta ahora no puede ser reglamentada por deficiencias estructurales.

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Tres fórmulas para el potencial jubilado

Halley resaltó que, principalmente, la ley debería buscar la implementación de un mecanismo que no le perjudique al jubilado y que pague el mejor promedio posible al trabajador. “El principal problema es que esta reforma propone solo una fórmula de ajuste para una multitud de historias salariales”, mencionó.

En ese sentido, señaló que sugieren que al trabajador en proceso de jubilación se le ofrezcan tres fórmulas de cálculo: en una teniendo en cuenta los últimos 36 meses, otra los 10 años de aporte y la última con relación al tiempo real que cuenta al momento de la solicitud, ya sea dos o cinco años después de la vigencia de la normativa. De los resultados, el que arrojará mayor beneficio debe ser el aplicado, según insistió.

Jubilados del Instituto de Previsión Social (IPS) en una protesta contra la reforma de la Carta Orgánica de la institución.
Jubilados del Instituto de Previsión Social (IPS) en una protesta contra la reforma de la Carta Orgánica de la institución.

También mencionó que otro de los puntos a ser ajustados es aquel relacionado con el criterio de retroactividad que busca aplicar el proyecto de ley; es decir, a aquellos ya jubilados con el régimen actual de 3 años. Afirmó que podría ser atacado por inconstitucionalidad.

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Además, indicó que no apoyarán ningún proyecto de ley que establezca que el haber jubilatorio sea reajustado conforme al Índice de Precios del Consumidor (IPC) del Banco Central del Paraguay (BCP), pues dijo que ello derivará en montos “miserables”.

Otros cuestionamientos sobre jubilación del IPS

Por otro lado, el representante de la agrupación manifestó su rechazo al discurso que surge desde el IPS que refiere que el seguro social tiene una vida corta o que existe una quiebra inminente.

Destacó que ni la pandemia del covid-19, periodo en el que hubo descontrataciones y ceses laborales, pudo destruir al fondo jubilatorio del IPS y que este sigue construyéndose con los aportes constantes. Agregó que, incluso, puede ser fortalecido aún más si se ataca la informalidad laboral.

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A la vez, cuestionó que la actualización del haber jubilatorio se establezca conforme al IPC del BCP. Este año, conforme a dicho factor, se aplicaría un reajuste de apenas 3,4%, lo cual consideró irrisorio y miserable.

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