Sin ningún debate, aplanadora cartista del Senado dio media sanción a la nueva ley APP

Sin mucho debate, la aplanadora cartista de la Cámara de Senadores aprobó esta tarde el proyecto de ley que pretende “modernizar” la ley Nº 5102/2013 de Alianza Público-Privada (APP), aprobada durante el gobierno de Horacio Cartes.

La Cámara de Senadores aprobó sin debate un nuevo proyecto de ley para regular las obras vía APP.
La Cámara de Senadores aprobó sin debate un nuevo proyecto de ley para regular las obras vía APP.

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Tras adelantar el tratamiento, la Cámara de Senadores aprobó en la sesión de esta tarde el proyecto de Ley “De modernización del régimen de promoción de la inversión en infraestructura pública, ampliación y mejoramiento de los bienes y servicios a cargo del Estado”, cuyo objetivo es crear una nueva normativa para los proyectos financiados bajo la modalidad de Alianza Público-Privada (APP).

La iniciativa, que fue presentada por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), figuraba en el punto 16 del orden del día, pero a pedido del senador Natalicio Chase (ANR-cartista) se adelantó su tratamiento en el punto 5, mediante una moción de preferencia.

El tratamiento se realizó por título y se aprobó sin ningún debate por la aplanadora cartista, por lo que el plan normativo pasa a la Cámara de Diputados para su consideración.

Solo los titulares de las Comisiones de Legislación, Codificación, Justicia y Trabajo, presidida por el senador cartista Derlis Maidana, la Comisión de Obras Públicas, Comunicaciones y Servicios Públicos, encabezada también por Chase, y de Hacienda, liderada por Silvio Ovelar, se encargaron de defender el proyecto de ley, que no tuvo objeciones.

La senadora Esperanza Martínez (Frente Guazú) y Líder Amarilla (PLRA) solicitaron algunas aclaraciones, pero luego el plan fue aprobado sin cuestionamientos.

Lo que se busca con el proyecto de ley

Con el proyecto de ley se busca reemplazar la ley Nº 5102/2013, que fue aprobada durante el gobierno de Horacio Cartes, y que regula este tipo de obras que se ejecutan a través de concesiones a empresas privadas en el lago plazo.

El proyecto de ley tiene como objetivos principales: promover inversiones público-privadas, crear un marco legal e institucional adecuado y revisar y aprobar contratos y proyectos. El Ejecutivo defendió que la nueva ley incluye definiciones y aclaraciones que la ley anterior no contemplaba.

Uno de los cambios más importantes que propone el proyecto de ley es la reducción del umbral de 12.500 salarios mínimos exigido por la ley anterior para los proyectos de APP (relacionado con los costos de la etapa de prefactibilidad). Esto permitirá atender proyectos de menor envergadura, como escuelas y hospitales, que no requieren mucha inversión inicial en la etapa de prefactibilidad.

Asimismo, la ley vigente establece que el límite de exposición fiscal agregada de este tipo de proyectos no debe superar el 2% del Producto Interno Bruto (PIB) del año anterior. Esto limitaba al Estado a solo uno o dos proyectos adicionales, además de la ruta PY02, única obra que se ejecutó con la normativa.

En este sentido, la nueva propuesta amplía este límite hasta el 4% del PIB, ajustándolo al mismo orden de la exposición fiscal agregada anual, lo que incrementará los pagos que el Estado debe realizar.

Según el proyecto de ley, “el monto acumulado de los pagos firmes y contingentes, cuantificables, netos de los activos o ingresos fiscales generados por los respectivos contratos, no podrá exceder el 4% del PIB del año anterior. Asimismo, los pagos firmes y contingentes anuales no podrán superar el 0,8% del PIB del año anterior”.

Sin embargo, estos límites podrán ser superados excepcionalmente, con autorización del Equipo Económico Nacional (EEN) y hasta los montos que el Ministerio de Economía y Finanzas considere adecuados, atendiendo al marco fiscal de mediano plazo. La tasa de interés utilizada para calcular el valor presente será determinada por el Ministerio de Economía y Finanzas.

Porcentaje de aumentos de los contratos y límite de aporte del Estado

Otro cambio importante es el porcentaje de modificaciones aceptado en los proyectos. En el contrato vigente de la ruta PY02, se discutió ampliamente este aspecto.

Según el nuevo texto, el monto del contrato podrá incrementarse hasta un 15% si las modificaciones son unilaterales por parte de la contratante, y hasta un 30% si se acuerdan de común acuerdo entre las partes (superior al 20% que permite la ley 7021 de Contrataciones Públicas).

En ambos casos, se tomará en cuenta el presupuesto final de la obra para calcular estos porcentajes. Por último, la ley vigente establece que el aporte del Estado no puede superar el 10% del capital inicial de los proyectos. Con la nueva normativa se busca aumentar este porcentaje al 25% e incluso permitir, con la autorización del equipo económico, una mayor contribución para proyectos sociales, como escuelas y hospitales.

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