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El proyecto de ley que crea el RUN fue presentado por el Poder Ejecutivo y el Poder Judicial el 26 de agosto ante la Cámara de Senadores, que el 29 de octubre lo aprobó con modificaciones.
La Cámara de Diputados, por su parte, en la sesión del martes 19 del presente mes también aprobó con modificaciones el proyecto, por lo que volvió a consideración del Senado que prevé en la próxima sesión del miércoles 27 decidir de nuevo sobre el tema.
La Comisión de Legislación, Codificación, Justicia y Trabajo del Senado se reunió esta mañana para analizar los cambios, de la cual participó la directora general de Registros Públicos, Lourdes González.
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En su dictamen recomienda ratificar algunos artículos del plan aprobado por el Senado y aprobar el resto de las modificaciones introducidas por Diputados.
Senadores decidirá de nuevo sobre el RUN el próximo miércoles 27 en la sesión ordinaria, que de aprobarse en el sentido de que sugiere esta comisión volverá a consideración de Diputados para la decisión final.
A pesar de los cuestionamientos realizados al proyecto por los sectores afectados, tales como los gremios de escribanos, la Asociación de Bancos del Paraguay (Asoban), la Asociación de Desarrolladores Inmobiliarios y la Asociación de Geógrafos del Paraguay (AGEPA), su aprobación avanza en el Congreso.
La creación del RUN
El RUN se crea con la fusión de tres instituciones: la Dirección General de los Registros Públicos, dependiente de la Corte Suprema de Justicia; la Dirección General del Servicio Nacional de Catastro, dependiente del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF); y el Departamento de Agrimensura y Geodesia, dependiente del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC).
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La nueva institución dependerá de la Corte Suprema, en tanto que Catastro del MEF y el Departamento de Agrimensura del MOPC, quedarán extinguidas tras la promulgación de la ley y sus funcionarios pasarán a formar parte de la nómina inicial del RUN.
El proyecto de ley se modifica varias leyes vigentes, como por ejemplo la orgánica municipal y la tributaria, en este último caso dispone que la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT) será la encargada de establecer los valores fiscales para la determinación del impuesto inmobiliario.