Petropar admite ante DNCP que flexibilizó exigencias para facilitar al proveedor catarí

Petropar, manejado por Eddie Jara, remitió una nota a la DNCP para responder a las observaciones de la institución de control a los documentos de la cuestionada compra de gasoil a la empresa “Doha Holding Group LLC”, de Catar, ligada al hijo del presidente de la Conmebol. En el escrito, la petrolera admite que aceptó una declaración jurada como garantía para “facilitar al proveedor”.

Alejandro Domínguez, Alejandro Domínguez Pérez y Eddie Jara.
Alejandro Domínguez, Alejandro Domínguez Pérez y Eddie Jara.

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Petróleos Paraguayos (Petropar), administrado por Eddie Jara, finalmente publicó esta semana en el portal de la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP) la garantía de fiel cumplimiento del contrato firmado hace meses con la empresa de Catar, Doha Holding Group LLC, adjudicada para la provisión de gasoil, por US$ 61 millones.

En este caso, la empresa presentó una declaración jurada como caución, con un supuesto aval del banco “Qatar International Islamic Bank (QIIB)”, con el que la firma catarí “certificó” su solvencia económica. La dudosa constancia bancaria se expidió a nombre del misterioso jeque Kalifa Bin Hamad Al-Thani y la declaración jurada también tiene la firma del desconocido empresario, aparentemente catarí.

Khalifa Hamad Al-Thani no aparecía hasta hace poco como representante legal de Doha Holding Group LLC en el portal de Contrataciones Públicas, pero luego de firmar el contrato con Petropar -sin estar en los registros como observó en su momento la DNCP- fue inscripto en el sistema de la citada institución.

Quienes aparecían desde un inicio (y siguen figurando) como representantes de la compañía son Alejandro Facundo Domínguez Pérez (hijo del presidente de la Conmebol Alejandro Domínguez) y Saad Doukali.

Lo cierto es que hay varias incongruencias en la garantía que presentó la firma foránea, según se puede observar, como por ejemplo, que la declaración jurada tiene fecha del 24 de setiembre último, es decir, una fecha anterior a la recepción de las ofertas y la firma del contrato, los cuales tienen fecha del 26 y 30 de setiembre, respectivamente.

Justamente, en una verificación que realizó el 1 de noviembre la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP), cuyo titular es Agustín Encina, solicitó a Petropar la justificación técnica de la aceptación de una declaración jurada como garantía de mantenimiento de oferta en la millonaria compra. Además, el ente solicitó a la estatal que aclare la forma de instrumentación de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, que recién ahora se dio a conocer.

La respuesta que dio Petropar a la DNCP sobre la garantía que presentó la firma catarí.
La respuesta que dio Petropar a la DNCP sobre la garantía que presentó la firma catarí.

La justificación que dio Petropar a la DNCP

Petropar respondió a Contrataciones a través de una nota fechada el 11 de noviembre último, en la que la estatal admitió que aceptó una declaración jurada, tanto como garantía de mantenimiento de oferta como de fiel cumplimiento del contrato, “para facilitar al proveedor”.

“La utilización de la declaración jurada como una opción para garantizar su oferta y la del contrato se debe a los efectos de facilitar a los proveedores nuevas posibilidades de participación en los procesos de contratación”, se lee en el escrito.

Añade el documento: “Como hemos manifestado en varias ocasiones a la Dirección Nacional, la utilización de garantías instrumentadas en Garantías Bancarias o Pólizas, en la mayoría de las ocasiones, desalientan la participación de grandes firmas petroleras interesadas en proveer al país productos, pues el mecanismo utilizado contraviene las prácticas normales de compra-venta en el mercado internacional”.

En ese sentido, añade que “no es común en el mercado internacional que una empresa que venda producto tenga que garantizar el mantenimiento de la oferta, así como el fiel cumplimiento del contrato, sino que, en contraposición, lo más común es que las empresas que compran el producto garanticen el pago del mismo”.

“Esto se basa en que, en el caso de compras de productos derivados del petróleo, el vendedor se hace cargo del costo de provisión y traslado del producto hasta el lugar de entrega establecido, asumiendo toda la responsabilidad y el costo que dichas operaciones implican, por lo que buscan garantizar el pago del mismo a través de diferentes instrumentos financieros”, añade el escrito de la estatal.

También resalta que, “a los efectos de contar con mayor participación, siempre en busca de mejores precios, Petropar ha optado por otorgar la posibilidad en el presente procedimiento, como una opción más, la presentación de declaraciones juradas de mantenimiento de oferta o fiel cumplimiento del contrato”.

Al parecer, se olvidaron del caso Lafarja

En este sentido, las autoridades de la estatal, al parecer, se olvidaron de que Petropar es una empresa pública, por lo que debe garantizar sus contratos con garantías reales que se puedan reclamar en caso de incumplimientos de las empresas que resulten adjudicadas. Pero con esta “flexibilidad” que otorgó la estatal, cualquier empresa podría ofertar sin cumplir con lo propuesto y retirarse sin pagar las cauciones.

Todo apunta a que también se olvidaron de lo que ocurrió en el caso de la compra fallida de gasoil a la empresa AP SA, de Andrea Lafarja, en el que Petropar también aceptó una simple declaración jurada como garantía de mantenimiento de oferta, por lo que la empresa nunca pagó por esa caución (US$ 1,5 millones) al rescindirse su contrato. Por esta situación, la petrolera estatal tuvo que demandar a la compañía en los tribunales, afectando de ese modo los recursos de la estatal.

Empero, pese a todos estos antecedentes, la petrolera sigue permitiendo que las empresas presenten dudosas garantías que difícilmente recuperará o que deberá reclamar en largos y costosos juicios.

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