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El gerente general de Impuestos Internos de la DNIT, Ever Otazú, dio su versión sobre los resultados de la reunión que tuvieron con los directivos de gremios de contadores, que habían solicitado extender el plazo de no aplicación de multas a los contribuyentes que presenten en forma tardía la confirmación de los comprobantes registrados en el sistema Marangatu, tal como lo establece la Resolución General N.º 90 (RG 90).
A través de un video que dio a conocer la Dirección de Comunicación de la DNIT, Otazú consideró que la reunión fue bastante fructífera porque hablaron del sistema Marangatu y de los ajustes que vienen implementando, así como de las sugerencias, los reclamos y de las situaciones particulares que presentaron o que querían exponer.
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“Hemos dejado en claro al inicio de esta conversación que se trataba de una mesa de trabajo, que no estábamos contemplando lo relacionado con la prórroga de las multas en relación con la RG 90, por lo que hemos hablado más que nada de la funcionalidad del sistema”, aseguró Otazú.
Agregó que los gremios de contadores plantearon soluciones alternativas en relación con las multas, a lo que respondieron que iban a analizar el planteamiento.
“Hoy en día tenemos, el sistema ha recepcionado más de 800.000 registros de contribuyentes en el marco de la RG 90, por lo que nosotros consideramos que existe funcionalidad en el sistema y si existen casos o situaciones particulares, van a ser atendidas conforme a lo que se presente”, indicó.
Otazú señaló que concluyeron que la reunión fue bastante fructífera y que iniciaron un canal, un conducto de comunicación directa.
Adelantó que la próxima semana darán continuidad a la mesa técnica que conformaron, en la que los distintos gremios estarán representados y acompañados por sus informáticos para seguir conversando y desarrollando lo relacionado con la situación particular que se presente.
La DNIT aplica una multa de G. 100.000
La discusión con los gremios de contadores guarda relación con la Resolución General N.º 90, del 11 de mayo de 2021, que establece la implementación del registro electrónico de comprobantes de ventas y compras, de ingresos y egresos en el sistema Marangatu.
Están obligados a registrar la información en las formas y condiciones establecidas a los contribuyentes del Impuesto al Valor Agregado (IVA), del impuesto a la renta personal (IRP-RSP) y del impuesto a la renta empresarial (IRE Simple).
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El plazo para presentar sin pagar multas la confirmación de los comprobantes registrados en el sistema Marangatu venció el 31 de octubre pasado y la DNIT empezó a aplicar multas de G. 100.000 por cada talón de confirmación desde el 1 de noviembre.
La decisión de no extender el plazo para la aplicación de multas generó el reclamo de los gremios de contadores, quienes sostienen que la demora obedece a problemas que se registran en el sistema de facturación electrónica y el módulo RG 90, no por responsabilidad de los profesionales.