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La recientemente promulgada Ley N° 7.235, que establece la Pensión Universal para las Personas Adultas Mayores, implica un pago mensual “no menor del 25% del salario mínimo legal vigente”. Además, se incluyen nuevos beneficios como acceso preferencial a “bienes y servicios culturales”, actividades de recreación y gratuidad o descuentos en cines y espectáculos culturales y deportivos.
Anualmente, se incorporarán 30.000 nuevos beneficiarios. En esta nota respondemos todas las preguntas que hay sobre el nuevo sistema de pensión y cómo acceder al beneficio, teniendo en cuenta el resumen preparado por el Ministerio de Desarrollo Social (MDS).
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1. ¿Quiénes serán los beneficiarios de la pensión para adultos mayores?
- Las personas con más de 65 años
- Los paraguayos naturalizados con más de 5 años de residencia
- Los extranjeros con más de 30 años de residencia en Paraguay
- Las personas con discapacidad severa (que cuenten con certificado del Senadis) con más de 60 años
- Miembros de comunidades indígenas con más de 55 años
¿Cómo inscribirse para recibir la pensión?
- Pueden hacerlo desde la casa a través de la página web: www.mds.gov.py con cualquier dispositivo móvil (celular, tablet, computadora)
- En la oficina central del Ministerio de Desarrollo Social, ubicada en Fernando de la Mora (avenida Mariscal López, casi Coronel Pampliega)
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¿Cuál es el proceso de selección?
Como el censo está eliminado, ahora la selección se hará así:
- El MDS revisará listado de adultos mayores de 65 años, personas con discapacidad mayores de 60 años y miembros de comunidades indígenas mayores de 55 años
- La institución cruzará datos y articulará el trabajo con el Registro Civil, el Departamento de Identificaciones de la Policía Nacional, el Indi, Senadis, diferentes cajas de jubilaciones, Senacsa y otras instituciones del Estado, para así ver quiénes cumplen con los requisitos establecidos en la nueva Ley
- Primero, se incorporará a personas de mayor edad, luego, en un orden decreciente, se irá bajando hasta completar el cupo asignado por el presupuesto
¿Qué documentos debo presentar?
Los que postulen para acceder a la pensión solamente deben presentar su cédula de identidad, no es necesario ningún otro documento.
¿Quiénes no pueden recibir la pensión de adultos mayores?
- Los que perciben salario del sector público y/o privado
- Los que se encuentren cobrando otra pensión y/ o sean jubilados
- Los contribuyentes a la renta
- Los que posean más de 30 cabezas de ganado
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¿Cuáles serían los otros beneficios sociales al cual accederán los beneficiarios?
- El acceso preferencial de las personas mayores a los bienes y servicios culturales
- Recreación: actividades de esparcimiento y deportivas que tengan en cuenta los intereses y las necesidades de las personas mayores
- Estará prevista la gratuidad o descuentos para el acceso a cines, espectáculos artísticos y culturales, así como encuentros deportivos
Siete datos importantes sobre la pensión
- La inscripción es gratuita. No es necesario recurrir a gestores para acceder a la pensión.
- Contar con antecedentes de Inforcomf, no es un impedimento para acceder al beneficio.
- Si cuentan con seguro médico de IPS como “adherente”, pueden recibir el beneficio.
- Las personas que ya se han censado en años anteriores y no fueron beneficiadas pueden inscribirse en www.mds.gov.py.
- Si dos adultos mayores viven juntos en el mismo hogar, ambos pueden inscribirse.
- La pensión alimentaria es intransferible, inembargable, no es reembolsable ni acumulable. Es responsabilidad de los familiares comunicar la defunción del adulto mayor.
- Las personas que han cumplido 65 años de edad no necesariamente serán incluidas dentro del programa de forma automática. Para ingresar al programa es necesario registrarse en el sistema de Adultos Mayores a través de la página web.