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El presidente Santiago Peña adelantó ayer que enviará al Congreso un proyecto de ley de reforma del Código Laboral paraguayo en el que, entre otras modificaciones, planteará la eliminación de la estabilidad de los trabajadores al cumplir los diez años.
El abogado laboralista Eduardo Pérez se refirió al respecto y señaló que “esa falacia que se pretende instalar que el Código Laboral, con la estabilidad especialidad que tiene, va a generar un impedimento para que se pueda sostener el empleo de muchos trabajadores y que pueda impedir la generación de nuevos empleos, no tiene ningún asidero legal ni de un estudio serio al respecto”.
Agregó que la intención del Gobierno es lograr la liquidación y, posterior, recontratación de un trabajador, sin que ello implique los beneficios laborales.
“Lo que entendemos que pretenden realizar es que quieren legalizar la posiblidad de despedir a un trabajador con 9 años y volver a recontratarlo sin que ello signifique la continuidad de los años de antigüedad ni de los derechos adquiridos. Eso desde el punto de vista doctrinario y jurisprudencial va a ser muy complicado de aplicarlo por más que tengan mayoría en el Congreso y puedan promulgar la ley”, dijo.
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Flexibilización laboral será inaplicable
Péreza firmó que la flexibilixación laboral resultará inaplicable porque atenta contra las normas establecidas del derecho laboral, constitucionales y los principios que rigen en la materia.
“Dentro de los principios del derecho del trabajo existe el principio de la primacía de la realidad, los hechos son los que prevalecen sobre el papel; el principio de continuidad, que significa que si yo termino mi relación laboral hoy, pero vuelvo a trabajar nuevamente con el mismo empleador, realizando las mismas labores, estando en subordinación, cumpliendo una jornada de trabajo, mi continuidad sigue en la empresa, por más que se haya cortado a través de un liquidación; el otro principio elemental en este caso es el de irrenunciabilidad de derechos, que está en el Artículo 86 de la Constitución y el Artículo 96 de la Convención Americana, que habla de derechos progresivos que uno va acumulando con el tiempo y que no pueden retrotraerse en perjuicio de la persona a cuyo favor se ha legislado”, comentó.
“Por un lado tenés la doctrina y por otro lado la jurisprudencia, la Corte Suprema de Justicia y los Tribunales del trabajo han determinado queeste tipo de rupturas de contrato de trabajo y la nueva recontratación constituyen fraudes laborales que finalmente no permiten al empleador desligarse de la posibilidad de reconocer la antigüedad y los derechos adquiridos. O sea, va a ser un problema de interpretación, que finalmente este proyecto -de la forma en la que me han comentado- no va a tener la trasncendencia que ellos quieren”, agregó.
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Además, cuestionó que los legisladores que estudiarán dicha reforma, en su mayoría, no tienem formación idónea en derechos del trabajo y seguridad social.
Código Laboral debe adecuarse, pero no a costa de derechos
El abogado, a su vez, resaltó que el Código Laboral necesita adecuarse a los desafíos contemporáneos, pero no a costa de los derechos adquiridos. “Creo que el argumento que sustenta el presidente al decir excelentes trabajadores tienen que ser despedidos porque van a entrar en la estabilidad y el empleador no lo quiere tener en esas condiciones, me parece un contrasentido. ¿Por qué un empleador debería desligarse de un trabajador que está cumpliendo con eficiencia y con calidad su trabajo?, ¿cómo se va a generar 500.000 puestos de trabajo flexibilizando la ley de despidos?”, menciono.
Seguidamente, cuestionó que -al parecer- la reforma se realizaría con la modificación de artículos que no tienen relación con la estabilidad laboral. “Otra cuestión es: ¿exactamente qué artículos del Código Laboral pretenden modificar? Porque la estabilidad especial está en el artículo 94 y lo que entiendo quieren modificar son los 78 y 79. Entonces, no va a existir la solución que ellos plantean o de la forma cómo plantean”, declaró.
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También se refirió a los cuestionamientos que indican que los jueces y abogados generan la “industria de la demanda” laboral, que -según el abogado- es discurso calcado al del presidente argentino, Javier Milei. “Las demandas van a ocurrir, toda vez que existan agresión al derechos laborales, la demanda no va a existir si se respetan los derechos. Así de sencillo es”, mencionó.
Conforme a las declaraciones del Santi Peña, su lógica refiere que la estabilidad laboral es la razón por la que hoy los trabajadores no llegan a jubilarse, antes que ser una garantía para conservar sus puestos laborales.