DNCP: MOPC podrá rescindir contrato con firma mexicana solo si incumple

El director de la DNCP, Agustín Encina, justificó que haya rechazado la lluvia de protestas en contra de la adjudicación de uno de los lotes de la “ruta de la soberanía” a la empresa mexicana Calzada Construcciones, denunciada por falsificación en Perú. Señaló que el MOPC tiene la potestad de rescindir dicho contrato, pero solo en caso de que existan incumplimientos.

Agustín  Encina, titular de la Dirección Nacional  de Contrataciones Públicas (DNCP).
Agustín Encina, titular de la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP).Gentileza

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El titular de la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP), Agustín Encina, señaló que el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC), manejada por Claudia Centurión, tiene la potestad de cancelar más adelante el contrato de la firma mexicana Calzada Construcciones SA, pero solo si la empresa incumple con la ejecución del lote 3 de la “ruta de la soberanía”.

A dicha firma foránea le entregaron este tramo de la obra, por G. 384.595 millones, pese a que fue sancionada en Perú “por su responsabilidad al haber presentado documentos falsos e información inexacta”, en una contratación de dicho país.

Empero, Encina rechazó todas las impugnaciones presentadas en contra de esta adjudicación, pese a que Calzada sigue sin estar inscripta como proveedora en el país. Además, la compañía tampoco tiene una dirección local o maquinarias que aseguren el cumplimiento de esta adjudicación. Todo apunta a que la empresa extranjera subcontratará la mayor parte de la ejecución de los trabajos que le otorgaron.

El director de la DNCP resaltó que los antecedentes de la compañía mexicana no fueron suficientes para anular la adjudicación que le otorgó el MOPC. “Los criterios de la DNCP están expuestos en cada una de las resoluciones que han sido publicadas (Nº 1727 Nº 1935). La DNCP rechazó estas protestas porque las mismas no han tenido el asidero legal suficiente para revertir las adjudicaciones realizadas por el MOPC”, expresó.

Cuando se le preguntó qué se hará en caso de que la firma extranjera incumpla con la ejecución de la obra, atendiendo a sus antecedentes, resaltó que el MOPC “tienen la potestad de aplicar sanciones y hasta de rescindir el contrato por incumplimientos que puedan suscitarse en la ejecución”.

Asimismo, mencionó que la DNCP también puede sancionar por el incumplimiento de un contrato, en caso de que en una verificación contractual se observen infracciones en la ejecución de una contrato. Sin embargo, resaltó: “los que primariamente deben actuar son los administradores de los contratos nombrados por el MOPC”.

¿Por qué rechazó las protestas?

Encina resaltó que las firmas que protestaron argumentaron que Calzada Construcciones debió ser descalificada del proceso licitatorio por una sanción del Tribunal de Contrataciones del Perú y por presuntas tergiversaciones en el convenio de integridad.

En este sentido, acotó que Fonplata, que financia esta obra, establece solo dos criterios de inhabilidad que son las sanciones por el país contratante o por una Institución Financiera Internacional (IFI), lo que en este caso no ocurrió, por lo que no anularon la adjudicación.

“El comité evaluador del MOPC verificó que la empresa Calzada no está sancionada en el registro de inhabilitados del Paraguay ni por ninguna IFI. La empresa adjudicada no fue condenada por un delito penal, como requería el convenio de integridad para ser descalificada. En vista a la documentación que se que hemos tenido a la vista, la empresa cumplió con los requisitos legales, económicos y técnicos, y tiene la oferta de menor precio”, enfatizó.

Asimismo, Encina resaltó que no hubo objeción alguna de Fonplata ni del MOPC en cuanto al cumplimiento de las políticas por parte de la empresa y que ningún oferente presentó un recurso de reconsideración, quedando aceptada las resoluciones que rechazaron las protestas.

Respecto a los retrasos en la carga de los documentos oficiales de la adjudicación en el portal de la DNCP, dijo que esta es una obligación del MOPC, que debe “subir todos los documentos inherentes a su proceso licitatorio”. “Ahora bien, si el MOPC no sube sus documentos al sistema de la DNCP, de hecho, no podrá avanzar al siguiente estadio de su proceso licitatorio”, aseveró. Recién en horas de la tarde de ayer el MOPC comenzó a subir los documentos en el portal.

Flyer criticado de la Ruta de la Soberanía promocionada por el MOPC.
Flyer criticado de la Ruta de la Soberanía promocionada por el MOPC.

Ministra volvió a defender el proceso

La ministra Claudia Centurión nuevamente defendió ayer la adjudicación del lote 3 de la ruta de la soberanía a Calzada Construcciones, insistiendo en que la DNCP validó lo actuado por la institución. “Estamos siguiendo los trámites correspondientes hasta la firma del contrato”, destacó.

La “Ruta de la Soberanía” se adjudicó en cuatro lotes por un monto de G. 1.453.530 millones, unos US$ 199,1 millones (ver facsímil de las empresas adjudicadas). La adjudicación en cuestión es para el catastro, indemnización, construcción y mantenimiento por niveles de servicio de la pavimentación del tramo Pedro Juan Caballero - Zanja Pyta - Capitán Bado - Itanará - Ypejhú (ID 438.107).

Contestación de la empresa Calzada

La apoderada legal de Calzada Construcciones SA, Duperly Rivera, realizó una contestación a las protestas ante la DNCP y en la misma señaló que el Comité de Evaluación de Ofertas del MOPC ha dejado de considerar “lesiva” la conducta de la firma Calzada, en relación con la inhabilitación de 37 meses en Perú.

Asimismo, resaltó que la sanción recibida no se encuentra firme, pues la empresa ha impulsado los procesos jurisdiccionales que permitirán “dilucidar la verdad de lo acontecido”, y que están “seguros de que concluirá con un fallo favorable a los intereses de Calzada”.

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