MEF no responde si tiene capacidad para realizar controles a las ONG

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) será la autoridad de aplicación de la denominada “ley mordaza”, proyecto que “establece el control, la transparencia y la rendición de cuentas de las organizaciones sin fines de lucro”. Desde la cartera no respondieron si existe capacidad para hacer las fiscalizaciones.

Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).
Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).Fernando Romero

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Los críticos del referido proyecto de ley en el Congreso, que ya cuenta con media sanción de la Cámara de Senadores, además de considerarlo como una ley mordaza que va a restringir la libertad de asociación, dudan de la capacidad del MEF para controlar a todas las entidades que se sumarán a las que actualmente forman parte de la ley de presupuesto.

El comentario de legisladores apunta a que la cartera no tiene un control absoluto sobre estas ONG, muchos apadrinados por parlamentarios, y que en realidad lo que se pretende es desarrollar solo un control selectivo sobre las entidades críticas al gobierno cartista.

ABC buscó conocer la versión sobre estos cuestionamientos, de las principales autoridades del Ministerio de Economía, como el ministro Carlos Fernández Valdovinos, y el gerente de Economía, Horacio Codas, quien tiene a su cargo la Coordinación de Obligaciones Diversas del Estado (CODE) que se encarga de las ONG, pero no respondieron a nuestros mensajes, a pesar de que insistimos ante la Dirección de Comunicación.

La cartera de Economía actualmente tiene bajo su control a las ONG o entidades sin fines de lucro que forman parte de la ley de presupuesto 2024, atendiendo que es la entidad que se encargar de transferir los fondos a los que cumplen con las rendiciones de cuentas exigidas.

Sesión de la Cámara de Senadores este lunes.
Sesión de la Cámara de Senadores este lunes.

Presupuesto para 121 ONG

El presupuesto vigente asigna G. 54.616 millones (US$ 7,4 millones al cambio presupuestado) para un total de 121 organizaciones que se encuentran en el listado, dedicadas a diversas actividades en sectores como niñez, salud, educación, asistencia social, adultos mayores, entre otros.

La lista incluye igualmente al Cuerpo de Bomberos Voluntarios del Paraguay, la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos Voluntarios del Paraguay y la Asociación de Instituciones de Bomberos Voluntarios del Paraguay.

El MEF transfirió en mayo G. 5.116 millones (US$ 830.382 al cambio presupuestado) a un total de 32 ONG, de las 121 que están en la lista, transferencias que corresponde al primer bimestre y al segundo bimestre del año.

Un informe de la cartera señala que las transferencias de recursos financieros a las ONG se encuentran sujetas al cumplimiento estricto de los requerimientos legales establecidos en la Ley N° 7228/2023 “Que aprueba el Presupuesto General de la Nación para el Ejercicio Fiscal 2024″ y su Decreto Reglamentario N° 1092/2024 “Por el cual se reglamenta la Ley Nº 7228 del 29 de diciembre de 2023 ‘Que aprueba el Presupuesto General de la Nación para el Ejercicio Fiscal 2024′”.

“El incumplimiento de los requisitos legales obliga al Tesoro Nacional a suspender las transferencias de los recursos financieros hasta que se regularice la presentación de los documentos exigidos, de acuerdo con las condiciones y los plazos establecidos en las normativas vigentes”, indica el informe.

Carlos Fernández Valdovinos, ministro de Economía y Finanzas.
Carlos Fernández Valdovinos, ministro de Economía y Finanzas.

Se crea un registro nacional

El proyecto de ley con media sanción del Senado, pasó a la Cámara de Diputados para su estudio, establece que la autoridad de aplicación será el MEF y crea el registro nacional de organizaciones sin fines de lucro como dependencia de la referida cartera.

Además, dispone en cuanto a la rendición de cuentas, que deberán presentar informes semestrales al Ministerio de Economía sobre el uso de los fondos que reciban y sobre su destino.

También, adicionalmente, deberán publicar semestralmente en sus páginas web, los gastos detallados de sus actividades y no podrán alegar “cláusula de confidencialidad con los aportantes de los fondos para eludir el cumplimiento de esta obligación”.

Otro artículo dispone que las ONG serán supervisadas por el MEF como autoridad de aplicación de la presente ley, sin perjuicio a las facultades que pudieren corresponder a la Contraloría General de la República y a otras instituciones y organismos estatales.

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