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Con el reajuste que se tendrá en el salario mínimo legal (SML) del 4,4%, que en términos reales equivale a G. 117.936, hay temor que también este impacto se traslada nuevamente a los precios de la canasta básica.
Al respecto, Joaquín González titular de la Cámara Paraguaya de Supermercados (Capasu) mencionó en una entrevista a la 1330 AM que desde el gremio no preven una suba de precios por efecto del reajuste en el SML que a partir de julio pasará a ser de G. 2.798.309.
Indicó que con una inflación general del 4% y un ajuste de salario en estas proporciones no consideran que sea relevante. Indicó también que gran parte de los productos en supermercados son de producción nacional y en principio, estiman que los precios no se debería ver afectada.
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“No esperamos una suba importante de precios. El productor también sabe que si incrementa sus precios, deja de vender entonces muchos optar por absorber estos costos”, apuntó.
Cabe señalar que si bien la inflación general es del 4%, la inflación en alimentos casi llega al 10%. Solo el rubro de frutihortícolas acumula una variación del 58% de aumento entre octubre del 2023 a mayo de este año, de acuerdo con registros oficiales del Banco Central.
Según el titular de Capasu, los precios de las hortalizas, principalmente del tomate y lechuga, ya se están empezando a regularizar debido a una mejora en la producción nacional.
Para oficializar el incremento del SML en G. 117.936, se aguarda el decreto del Presidente Santiago Peña que debe darse en los próximos días. El reajuste afectará de manera directa a 282.000 trabajadores que representa apenas el 17% de la población ocupada asalariada. Por otra lado, indirectamente se estima que su impacto alcanzaría a toda la población a través de la incorporación a los precios.
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Suba del salario mínimo afectará a todos
Para la abogada Pilar Callizo, quienes perciben un salario mayor al mínimo, también se verán afectados, puesto que no existe obligación para sus empleadores de aumentar proporcionalmente sus salarios, por lo que quedarán “congelados” incluso hasta que en algún punto, su salario mayor se equipare al mínimo, disminuyendo igualmente el valor de lo percibido actualmente.
En el caso de los que perciben un salario mayor al mínimo, podrán seguir adquiriendo los mismos bienes y servicios que la primera categoría, pero a un costo mayor, afectando en forma contraria su poder adquisitivo, siguen alcanzando el bien o servicio pero a un costo mayor.
Del mismo modo y visto desde el otro extremo, aquellas personas que perciben un salario mayor al mínimo vigente (mensualeros) igualmente verán disminuido el valor de sus remuneraciones, considerando el aumento de precios que se genera como efecto inmediato del reajuste salarial mínimo.
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Callizo insistió en la necesidad de contar con una política de salarios en general del sector privado, para que el reajuste sea proporcional en cada caso sin afectar el poder adquisitivo de los trabajadores considerando lo percibido por los mismos.