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De acuerdo con lo dispuesto por la resolución No 20 del 19 de mayo del corriente año, el sector productivo podrá acceder a medidas transitorias de auxilio financiero, esto en respuesta a pedidos del segmentos muy golpeados por las condiciones climáticas adversas en el año 2023, especialmente los arroceros.
Estas medidas transitorias autorizadas que suele otorgar la banca matriz, por lo general tienen el objetivo de proveer herramientas y generar un entorno favorable que permita mitigar los efectos adversos de eventos naturales desfavorables en la actividad de los productores agrícolas y ganaderos, para así evitar el impacto negativo en su calidad de sujetos de crédito.
La ocurrencia de ciertos eventos adversos como una sequía o inundación, generalmente suele tener un impacto negativo en la producción agrícola y/ganadera y en consecuencia eso afecta sus ingresos y le imposibilita cumplir con sus compromisos, de ahí estas medidas transitorias buscan darles un auxilio flexibilizando los plazos y refinanciación para que no pierdan su calidad de crediticia.
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Impacto en arroceros
Según los datos de la Federación Paraguaya de Arroceros (Feparroz), el plan arrocero 2023 tenía previsto que con las 175.000 hectáreas sembradas, Paraguay iba a llegar a las 1.200.000 toneladas, pero estaríamos cerrando en alrededor de 900.000 toneladas de arroz cáscara en el 2024 debido a las inundaciones del año pasado en la zona de producción.
El fenómeno climático El Niño, que en nuestro país trae aumento en el volumen de lluvias e inundaciones, afectó una gran parte de la producción de arroz, principalmente en la cuenca del río Tebicuary, Ñeembucú, y en zonas de Ayolas, según alertaron desde el gremio.
Una de estas medidas es que la renovación, refinanciación o reeestructuración del capital, incluyendo los intereses devengados y otros cargos, interrumpirá el cómputo de la mora.
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Asimismo, se establecen disposiciones sobre los plazos para la renegociación, las previsones que deberán realizar las entidades, el diferimiento de los cargos generados, la forma en la que las entidades financieras considerarán las pérdidas comprobables derivadas de los efectos climáticos adversos y cómo serán ponderados los saldos de créditos beneficiados con esta normativa en la clasificación del deudor. Las medidas transitorias estarán vigentes hasta el 30 de setiembre del presente año.