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El organismo tributario emitió un informe en donde detalla que en marzo vence el plazo para que los contribuyentes del IRP presenten la declaración jurada y paguen el tributo correspondiente al ejercicio fiscal 2023.
De acuerdo con los datos de la DNIT, están inscriptos como contribuyentes del IRP un total de 296.691 personas, a lo que se irán sumando aquellas personas que superen el monto establecido para abonar el referido impuesto.
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Las personas que hayan superado en el año G. 80 millones de ingresos, excluido el aguinaldo, aportes jubilatorios o seguridad social, deben inscribirse como contribuyentes del IRP o realizar la actualización de sus datos correspondientes, a través del sistema Marangatú, dentro de los 30 días hábiles posteriores.
La ley establece que quien así resulte alcanzada liquidará el impuesto en ese primer ejercicio fiscal sobre el total de sus ingresos brutos percibidos, menos las erogaciones deducibles realizadas a partir del día siguiente en que resulte alcanzada.
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Además, añade que en los subsiguientes ejercicios, la persona física presentará su declaración jurada considerando el total de sus ingresos brutos percibidos menos las erogaciones deducibles, realizadas a partir del 1 de enero de cada año y liquidará el impuesto correspondiente conforme con lo dispuesto en el artículo 69 de la presente ley (que establece tasas de 8%, 9% y 10% para la rentas derivadas de la prestación de servicios personales; y 8% para las rentas y ganancias de capital).