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Los escandalosos casos de contrataciones de parientes por parte de legisladores con jugosos salarios siguen causando indignación ya que cada día se conoce un nuevo hecho, debido a que la actual Ley 1626 de la “Función Pública” no establece con claridad las reglas del juego, ni para ingresar, ni para permanecer.
Al respecto, el economista y exministro de Hacienda César Barreto opinó que la ley actual no establece estos criterios básicos, ni tampoco para desarrollar una carrera profesional dentro del sector público, como tampoco regula el régimen de remuneraciones y sus eventuales reajustes.
“Por eso todo es discrecional y gran parte de los políticos lo utilizan para privilegiar a su entorno familiar o a sus operadores políticos en todos estos ámbitos. Se debe romper con la herencia cultural de que parlamentarios y/o autoridades de otros poderes del Estado se aprovechen de su posición para privilegiar a sus parientes con cargos públicos”, expresó Barreto.
El economista agregó que la nueva ley debe establecer claramente que al Estado se ingresa solo por concurso público, incluso los contratados, que no debieran existir en el Estado. “Estos concursos deben ser realizados exclusivamente a través del Ministerio de Economía en base a los cargos aprobados en el Presupuesto” afirmó.
También añadió que aquellos que deseen ingresar a la función publica deben rendir un examen adecuado y demostrar honorabilidad, además de eliminar los concursos amañados y no dar lugar a recomendaciones de ningún tipo. Y finalmente, añadió que se debe establecer castigos ejemplares para malas conductas. El profesional reconoció que no será tarea fácil imponer este proyecto, pero que es necesario y urgente ya que la gente está harta con tantos abusos de poder.
Barreto lamentó que debido a la falta de criterios en la contratación de funcionarios, el Estado no funciona eficientemente en ninguno de los servicios que presta, ni en los más básicos como la justicia, la salud, la educación, la seguridad, etc.
“La calidad de estos servicios dependen de que los funcionarios que los ponen en práctica sean competentes, honestos y motivados para poner su máximo empeño para que el ciudadano reciba el mejor servicio posible”, afirmó.
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Eliminar discrecionalidad en la función pública
A su vez, Patricia Dos Santos socia de Horizonte Positivo indicó que uno de los objetivos de contar con una nueva ley sobre Función Pública es justamente disminuir o eliminar la discrecionalidad en las contrataciones para el sector público que se dan desde hace tanto tiempo.
“Sabemos que es un reclamo de la mayoría en nuestro país que los servicios públicos sean eficientes y baratos, y que las oportunidades de carrera en el sector público estén a disposición de toda la ciudadanía sin distinción de colores, y por eso apoyamos que se apruebe una ley que garantice eso”, expresó.
Proyecto estancado en el Congreso
Cabe mencionar que en octubre del 2022 tuvo entrada en la Cámara de Senadores el Proyecto de Ley de la Función Pública y de la carrera de servicio civil, que vendría a ser una reforma de la Ley 1626 con el objeto justamente de establecer un ordenamiento en esta área y relevante para la eficiencia del gasto público; sin embargo, el documento sigue durmiendo en comisiones del Senado, a la fecha no fue tratado ni siquiera cuenta con dictamen de las comisiones, lo que demuestra un total desinterés de los parlamentarios sobre el plan de reforma en esta área.
El citado proyecto consta de 156 artículos y establece entre otros puntos el alcance de la Ley sobre las instituciones que estarán bajo la normativa, así como las excepciones. En el punto de las excepciones se excluyen del alcance aquellos cargos electos por voto de la ciudadanía como el presidente, vicepresidente, parlamentarios, intendentes y concejales, entre otros.
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Con respecto a los requisitos para ser considerado personal de servicio civil, el proyecto dispone en el artículo 32 por ejemplo que el funcionario debe poseer idoneidad y capacidad necesarias para el ejercicio del cargo, comprobadas mediante el sistema de selección
Además en el artículo 13 menciona sobre los criterios y límites en el nivel salarial. Dispone por ejemplo que el techo del salario para el funcionario público que se rige por dicha ley será lo percibido por el Presidente de la República, o sea, que su salario no podrá ser superior al titular del Poder Ejecutivo, entre otros puntos.