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En un llamativo y desesperado acto, la bancada cartista logró forzar una sesión extra para aprobar y dar media sanción al proyecto de Ley que regula el rol supervisor del Estado a las entidades de jubilaciones y pensiones, y que crea la Ley que crea la Superintendencia de Jubilaciones y Pensiones. El tratamiento de este polémico plan se dio en medio de un descontento social y desconfianza por parte de la ciudadanía, aunque se introdujeron algunas modificaciones de artículos que fueron muy criticados desde distintos sectores.
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No podrán tocan fondos del IPS
Entre los artículos modificados por la presión social fue el número 43° que en texto del proyecto anterior derogaba “por error” el párrafo del articulo 27 de la carta orgánica del IPS que prohibe prestar recursos al Estado, entes descentralizados y municipalidades. De esta manera “se cierra” en parte esta canilla que pretendía el Gobierno para echar mano a los fondos de la previsional. Uno de los puntos más temidos por los jubilados y aportantes.
No obstante, en el artículo 11 inciso b) se mantiene la emisión de bonos como una de las opciones de inversión para todas las EJP, pero que se ajustará a los dispuesto en las legislaciones que tienen cada una de ellas.
En este caso, el IPS tiene prohibición para prestar al Estado y no podrá instrumentar en bonos o cualquier título de deuda, no así los demás fondos de jubilaciones (Caja Fiscal, Caja Bancaria, Parlamentaria, Cajubi, etc), que si podrían financiar al Estado, al estar abierta esta posibilidad.
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Eliminan inmunidad legal
Otro de los artículos muy cuestionados fue el número 31 del citado proyecto que ya cuenta con media sanción y que establecía una inmunidad legal a los funcionarios de la superintendencia. Finalmente, este artículo se modificó y el citado articulado dispone que ningún funcionario estará exento de responsabilidad, por su acción u omisión en el desempeño de sus funciones.
En cuanto al deber de la reserva en el artículo 30° dispone que funcionarios de la superintendencia no podrán brindar informaciones o datos bajo reserva de la institución; salvo requerimiento de juez competente y/o expreso mandato de la ley, en la versión anterior no se contemplaba la disposición judicial para acceder a datos.
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Préstamos a funcionarios
De acuerdo con el proyecto socializado ayer tras la aprobación en Senado, también se introdujeron cambios en el artículo 10 que en el texto anterior no incluía préstamos a los funcionarios de las Cajas. En este punto, el senador Silvio Ovelar fue insistente en la inclusión de esta modificación, que beneficia también a los funcionarios de las Cajas para acceder a préstamos de los entes, y considerando que algunas instituciones ya llevan adelante esta práctica. Finalmente fueron modificados ocho artículos del texto que ya pasó para su estudio y consideración en la Cámara Baja.