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Los valores fiscales se ajustan teniendo en cuenta la variación del índice de precios del consumidor (IPC) en el periodo de doce meses anteriores al 1 de noviembre (noviembre de 2022 a octubre de 2023), que fue del 3,5% de acuerdo con el informe remitido por el Banco Central del Paraguay (BCP) al Servicio Nacional de Catastro (SNC).
El viceministro de Economía y Planificación del MEF, Carlos Javier Charotti, confirmó ayer a ABC que el SNC recomendó que el ajuste se realice usando la variación del IPC, tanto para inmuebles urbanos como rurales.
Charotti dejó en claro que en el sector rural los ajustes también podrían considerar los cambios en la valoración, pero se decidió hacerlo solo por el IPC.
Valores para propiedades urbanas y rurales
Los valores fiscales de las propiedades urbanas y rurales establecidos por el SNC, constituyen la base imponible sobre la cual se aplica la tasa del 1% del impuesto inmobiliario que se abona a los municipios del país.
El proyecto de decreto que establece los valores fiscales se pondrá a consideración del presidente de la República, Santiago Peña, y generalmente se publica en el mes de diciembre, atendiendo que en enero las municipalidades deberán emitir las facturas.
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Peña, en ese sentido, había prometido durante su campaña electoral y lo ratificó tras asumir la presidencia de la República, que en los 5 años de gobierno no subirán los impuestos ni se crearán tributos.
La Ley N° 5513/15, que modifica artículos de la ley tributaria y la ley orgánica municipal, establece que los índices podrán ser actualizados cada cinco, pero esta actualización implicaría un aumento importante para los propietarios de inmuebles rurales.
Abdo Benítez actualizó, pero luego suspendió
El gobierno anterior, a cargo de Mario Abdo Benítez, emitió en diciembre del año pasado un primer Decreto N° 8612, que ajustó los valores fiscales en 8,1% para el año 2023 y contemplaba la aplicación de la nueva clasificación de los inmuebles rurales.
La decisión produjo un incremento considerable en el monto del impuesto que debían pagar los propietarios de inmuebles rurales, por lo que los gremios del sector productivo reclamaron y solicitaron al Ejecutivo su modificación con el argumento de que el campo sufrió 3 años consecutivos de sequía y pérdidas y que todavía se estaban sintiendo los coletazos de la crisis económicas.
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Abdo Benítez, ante este reclamo, en enero del presente ejercicio, emitió el Decreto N° 8736 suspendiendo la aplicación de artículos que actualizaban los índices para inmuebles rurales, con lo que se mantuvo el criterio de reajuste solo en base a la tasa del IPC, que fue del 8,1%, para urbanos y rurales.
En 2022 el reajuste de los valores fiscales fue del 7,6% y en 2021 se fijó en 1,7%, en este último caso considerando el impacto de la pandemia por covid-19.