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La Conacom realizó este año la segunda edición del Premio Nacional de Competencia, que consistió en la recepción de ensayos que analicen normativas, ya sean leyes, decretos o resoluciones, que trasgredan los términos de la ley Nº 4956/2013 “De la Defensa de la Competencia” y que no cuenten con una justificación suficiente para constituirse en una excepción a la regla. El objetivo de esta iniciativa, según señalaron las autoridades de dicha institución, es promover la cultura de la competencia, a través de un concurso de ensayos académicos sobre barreras regulatorias a la libre competencia.
Y en esta edición 2023 del concurso de la Comisión Nacional de la Competencia (Conacom), el ensayo ganador fue el titulado “Ley 3103/2006: Norma restrictiva de la libre competencia en el mercado de la producción de cemento”, presentado en coautoría por una periodista de ABC Color.
Un jurado internacional de profesionales encontró que el mejor ensayo, respaldado en bibliografía jurídica y económica, fue el que planteó la citada ley proteccionista de la Industria Nacional del Cemento (INC), que trasgrede lo establecido en el artículo 107 de la Constitución Nacional del Paraguay sobre la “Libertad de Concurrencia”, reglamentado en la Ley Nº 4956/2013 “De la Defensa de la Competencia”.
La ley en cuestión dice en sus artículos 1° y 2° que toda persona física o jurídica que vaya a dedicarse en el territorio nacional a la fabricación de cemento de todo tipo, deberá utilizar clinker de origen nacional. Según interpretación del Ministerio de Industria y Comercio (MIC), órgano de aplicación de dicha normativa, a partir de un dictamen de la Procuraduría General de la República (PGR), la ley rige para todas las cementeras que vinieron después de la INC.
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Es así que la cementera pública, pese a tener gran cantidad de piedra caliza, materia prima del clínker, todos los años importa gran cantidad de este insumo y no se les permite hacer lo mismo a las privadas. Si todas las industrias del rubro pudiesen producir cemento importando el insumo principal, se estaría incrementando la cantidad de cemento proveído al mercado e, incluso, los precios podrían bajar, en beneficio de los usuarios, señala también el ensayo.
Agrega que, de hecho, la INC ostentó el monopolio de la producción de clínker en Paraguay desde su fundación en 1969 (vía ley 126/69), en plena dictadura de Alfredo Stroessner, hasta el 2014, año en que comenzó la producción integral en nuestro país de la primera industria privada del rubro, la empresa Yguazú Cementos SA.
Desde hace años piden derogación de la ley 3103/06
Incluso después de la instalación de Yguazu, las restricciones impuestas por la ley 3103/2006 generaron rechazo de diversos actores sociales, que se expresaron a través de publicaciones periodísticas (incluyendo artículos de ABC Color) en contra del privilegio de la INC sobre sus competidoras potenciales.
Además, esas publicaciones recogían declaraciones de autoridades de Yguazú Cementos e incluso legisladores, sobre la necesidad de modificar y actualizar la normativa, dado el contexto económico del país y la necesidad de garantizar la producción de cemento. Eso, en beneficio de toda la sociedad, en lugar de mantener el monopolio de INC en la producción de cemento con clínker importado, que solo beneficia a la empresa pública, conocida por su ineficiencia demostrada en constantes paros de horno y limitado despacho.
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Desalentaron la inversión privada durante décadas
El estudio señala además que la Ley 3103 se promulgó, supuestamente, con el objetivo de incentivar la instalación de industrias cementeras privadas con producción integral, para que la inversión sea mayor y, con ello, que el beneficio económico sea amplio. Ese argumento terminó constituyendo una falacia, ya que terminó desalentando a las inversiones con un espíritu proteccionista hacia la INC.
“Eso explicaría el hecho de que en 20 años posteriores a la ley citada, apenas una industria privada del rubro se haya instalado en Paraguay, la cementera Yguazú (en Villa Hayes). Hoy, casi 30 años después, solo hay tres industrias, con la reciente puesta en marcha de Cementera Cecom SA (Cecom) en Concepción”, añade.
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Acción de inconstitucionalidad
“La Ley N° 3103/2006, que beneficia a la INC y perjudica a todas las demás industrias privadas, con interpretación del Ministerio de Industria y Comercio (MIC), órgano de aplicación de la mencionada ley, y apoyado también en la consideración la Procuraduría General de la República (PGR), produce una posición dominante injustificada que restringe todo el mercado de la producción de cemento, propicia acuerdos restrictivos de la libre competencia y fomenta prácticas abusivas de la posición dominante, en contravención al artículo 107 de la Constitución, a los artículos XI, XX y XXI del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT) y a los artículos 1°, 2°, 3°, 4°, 8° y 9° de Ley Nº 4956/2013 ‘De la Defensa de la Competencia’”, concluye el ensayo ganador del concurso de la Concacom, que se puede leer íntegramente en la web de dicha institución.
Pero pese a que la ley 3103 trasgrede lo establecido en la Constitución y en la legislación local e internacional sobre libre competencia, la misma no se ha derogado y sigue vigente hasta hoy, sin ninguna justificación.
Incluso, según datos a los que accedió este diario luego de la premiación del Día Nacional de la Comperancia, la cementera privada Yguazú impulsó una acción de inconstitucionalidad contra la normativa en cuestión. Sin embargo, el expediente se encuentra al parecer “cajoneado” en la Corte Suprema de Justicia.
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Periodista de ABC obtuvo premio por mejor ensayo
El mejor ensayo del concurso de la Conacom acredita a sus autores el premio total de 1.000 francos suizos, cortesía de ZHAW a través de AGON Partners Legal AG; mientras que para el segundo mejor ensayo, el premio consiste en 500 dólares americanos cortesía de IEDC. El primer puesto lo obtuvo la periodista Gladys Benítez, jefa de Economía de ABC Color, en coautoría con el periodista Pablo Gastón Ortiz, jefe de prensa del canal Visión de Villarrica. El segundo puesto fue para el Abog. Mgtr. Carlos Cazaña, con su ensayo sobre la Ley N° 220/1993 “De arancel profesional de los despachantes de aduanas”.
El jurado internacional estuvo compuesto por los siguientes profesionales: Alexandre Cordeiro, presidente del Consejo Administrativo de Defensa Económica, Brasil; Patrick Krauskopf, de ZHAW Zurich University of Applied Sciences, Suiza; Daniel Robalino, director ejecutivo del Instituto Ecuatoriano de Derecho de Competencia; Prof. Dr. Antonio Robles Martín-Laborda, director del Curso de Especialización en Derecho de la competencia de la Universidad Carlos III de Madrid, España; y María Elena Vásquez, presidenta de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia, República Dominicana.
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Los nombres de los ganadores se dieron a conocer el pasado 3 de octubre, en el marco de las actividades conmemorativas por el Día Nacional de Competencia de nuestro país.
En dicha jornada, donde también se realizaron paneles de debates y el lanzamiento de Anuario Nacional de la Competencia, estuvieron el presidente del Directorio de la Conacom, Eduardo González Martínez; el Ministro de Industria y Comercio, Javier Giménez; así como otras autoridades públicas y panelistas internacionales.