Capitanes de navío insisten en cobrar jubilaciones por encima del tope de IPS

Un abogado que representa a capitanes de navío privados que exigen al IPS el cobro de sus jubilaciones por encima del tope de 36 jornales mínimos que establece la previsional advirtió que podría denunciar el caso ante instancias internacionales.

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Diego Peralbo

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En conferencia de prensa este martes, el abogado Raúl Mongelós, representante de la Asociación de Capitanes de Cabotaje Prácticos, ratificó que capitanes de navío jubilados tienen derecho a cobrar sus jubilaciones en base a sus salarios completos, sin el tope jubilatorio establecido por el Instituto de Previsión Social (IPS).

Recientemente, la Corte Suprema de Justicia rechazó una acción autónoma de nulidad presentada por la previsional con el objetivo de suspender un acuerdo y sentencia favorable a los capitanes que la propia Corte emitió en el marco de una acción de inconstitucionalidad presentada por estos contra el IPS por el tope a sus cobros jubilatorios.

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Según la ley que establece el régimen de pagos jubilatorios de IPS, la previsional debe pagar mensualmente a los jubilados un monto equivalente al promedio de los salarios de sus 36 últimos meses trabajados, estableciendo un tope de 300 jornales mínimos (alrededor de 26 millones de guaraníes).

Mongelós indicó que los capitanes jubilados cobraban salarios de entre 40 millones y 50 millones de guaraníes y aportaban al IPS en base a esos salarios. El letrado argumenta que estos capitanes ya estaban en el sistema del IPS antes del establecimiento del tope jubilatorio.

Corte Suprema falló a favor de capitanes

Recordó que, en 2017, la Corte Suprema dio la razón a los capitanes en su exigencia de cobrar jubilaciones por encima del tope establecido, ante lo cual, en 2020, la previsional solicitó por medida cautelar la suspensión de ese acuerdo y sentencia de la máxima instancia judicial.

Una cámara de apelaciones hizo lugar al pedido del IPS y los capitanes presentaron una acción de inconstitucionalidad.

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Mongelós insistió en que, según la Corte Suprema, “los capitanes están amparados para cobrar sus jubilaciones de forma retroactiva y sin tope” y advirtió que el IPS es pasible de una denuncia por desacato e incluso insinuó la posibilidad de presentar una denuncia ante la Organización Internacional del Trabajo.

Advirtió que, posiblemente, se busque presionar políticamente al Poder Judicial para favorecer a la previsional, afirmando que “si es revocada la resolución por presiones políticas estamos ante un quiebre del estado de derecho”.

Vanessa Cubas, gerente de Prestaciones Económicas del IPS, advirtió que el impacto en el fondo de jubilaciones de otorgar las jubilaciones a los capitanes denunciantes podría superar los 100 millones de dólares.

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