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Haciendo un contraste entre las facturaciones en base al Pliego de Tarifas Nº 20 y el Pliego de Tarifas Nº 21 vigente, desde abril de 2017 hasta junio de este año, Clyfsa le adeuda a la ANDE unos US$ 18 millones, en concepto de energía eléctrica. Así lo aseguró el asesor jurídico de la empresa estatal, Dr. Carlos Nelson Medina.
“Iniciamos una demanda para revertir esta situación y exigir que a Clyfsa se le aplique el Pliego de Tarifas Nº 21, porque hemos firmado un contrato con ellos en el año 1973, donde claramente se indica que tiene que pagar la tarifa vigente, de aquella época, más las variaciones que se produzcan en el paso del tiempo. Y es eso lo que no se está cumpliendo”, manifestó.
Según comentó en reiteradas ocasiones el presidente de Clyfsa, Ing. Luis María Ocampos, la ANDE le quiso imponer a la empresa encargada de la distribución de energía de Villarrica, una tarifa desproporcionada para hacerla desaparecer.
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Cabe recordar que en el año 2017, durante el gobierno de Horacio Cartes y la administración de la ANDE, de Víctor Romero, entró en vigencia el pliego 21, que según el titular de Clyfsa buscó castigarla con un 90% de suba, que era imposible trasladar a sus clientes y que la haría quebrar. Debido a eso, presentó un recurso de amparo que le fue favorable y desde aquel año, hasta la fecha, es el único cliente de la ANDE que sigue abonando con la tarifa anterior.
“De casi 1.900.000 usuarios que tiene la ANDE, solamente Clyfsa paga la tarifa del pliego 20, y el resto paga la tarifa del pliego 21″, expresó el asesor jurídico de la ANDE.
Cree que la institución podrá revertir esa situación judicialmente. “Hemos iniciado un juicio el 24 de noviembre de 2021. Este juicio está en los tribunales de Asunción. El juez interviniente es Ulises Peña Vargas, que ya llamó autos para sentencia, lo cual significa que el juicio ya está en etapa final para que el juez se pronuncie”, comentó.
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Sin embargo, dijo que llamativamente, los abogados de Clyfsa le recusaron al juez y ahora el Tribunal de Apelación Quinta Sala en lo Civil y Comercial debe resolver si le mantiene al juez Peña Vagas o si finalmente pasa al juez que le sigue en turno, el Dr. Edgar Rivas. “Nos resulta sumamente llamativo que esto ocurra porque estamos muy ávidos de que la Justicia se pronuncie para poner las cosas en su lugar en base a lo que dispone la ley y el perjuicio terrible que nos está causando esta situación anómala”, opinó.
Agregó que además de los US$ 18 millones que sostienen que Clyfsa adeuda a la ANDE, y como la potencia reservada contratada por esta empresa privada es hasta 30.500 kW, en muchos casos ellos aumentaron la potencia y eso se les penaliza. “En ese concepto, Clyfsa nos debe G. 4.144 millones (equivalentes a unos US$ 568 mil). También estamos iniciando un juicio ejecutivo exigiendo el pago de esta deuda. Son dos juicios diferentes”, indicó el Dr. Medina.
Consultado sobre la penalidad, el abogado de Clyfsa, Dr. Daniel Mendonca, contó que la empresa hace reserva de derecho y discute todos los meses esta penalidad. “Le paga el monto que corresponde según su propio cálculo. O sea, hay una discrepancia allí, por eso este es un tema que no podía resolverse ya en una mesa de diálogo, se necesitaba intervención judicial y no hubo forma de romper el impasse, que tiene consecuencias patrimoniales”, manifestó.
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Controversia por aumento de kW
Al conflicto entre ANDE y Clyfsa sobre el pliego tarifario, también se sumó en el 2021 la controversia porque la empresa estatal quiso limitarle la cantidad de potencia reservada que puede contratar. El tema fue resuelto mediante un recurso de amparo favorable a la empresa privada, que según el abogado de esta, Daniel Mendonca, fue cumplido a medias. Por tanto, el juez penal y de sentencia Víctor Ortigoza Aguirre, resolución mediante, ordenó a la ANDE que “asegure el suministro de potencia requerida por la Compañía de luz y Fuerza SA (Clyfsa) para el abastecimiento de energía eléctrica de la ciudad de Villarrica”.
La estatal presentó días después una recurso de aclaratoria, debido a que considera que al otorgarle los 30.500 KW de potencia reservada, solicitados en su momento, está cumpliendo con lo ordenado por el Juzgado.
Expresa además que la pretensión de la acción de amparo y lo ahí resuelto, va en detrimento de lo prescripto en los artículos 96 y 102 de la Ley 966/64, que señalan que la ANDE está obligada a suministrar el servicio de energía eléctrica a quien lo solicite, siempre que la capacidad y características de sus instalaciones de abastecimiento lo permitan.