ANDE presentó recurso de aclaratoria ante orden de dar potencia a Clyfsa

La Administración Nacional de Electricidad (ANDE), a través del abogado Víctor Montanaro, presentó ayer un recurso de aclaratoria sobre la resolución del juez penal y de sentencia Víctor Ortigoza Aguirre, que le ordena que “asegure el suministro de potencia requerida por la Compañía de luz y fuerza S.A. (Clyfsa) para el abastecimiento de energía eléctrica de la ciudad de Villarrica” cuando lo solicite.

Local de Clyfsa, en Villarrica.
Local de Clyfsa, en Villarrica.

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La Asesoría Legal de la Administración Nacional de Electricidad (ANDE) señala en el documento que presentó ayer, que la empresa estatal de electricidad fue notificada de la sentencia definitiva N° 105 del 24 de julio de 2023, que resuelve, entre otras cuestiones, “disponer” que la ANDE, en el plazo máximo de cinco días corridos dé cumplimiento a la sentencia definitiva N° 106 del 28 de octubre de 2021 en la parte que dice: “a) que asegure el suministro de la potencia requerida por la Compañía de Luz y Fuerza S.A. (Clyfsa) para el abastecimiento de energía eléctrica de la ciudad de Villarrica, dentro del ámbito de la concesión otorgada y en las condiciones acordadas”.

La resolución añade que queda “establecido que el aumento de la potencia reservada se produce por la mera solicitud” de Clyfsa a la ANDE, con vigencia a partir de la fecha de solicitud.

Además, intima a que la ANDE, en la persona de su presidente, en este caso el Ing. Félix Sosa, a dar cumplimiento a lo dispuesto en dicha resolución.

Ante esto, el recurso de aclaratoria presentado por la ANDE señala que el amparo fue promovido ante el supuesto “acto manifiestamente ilegítimo” de la ANDE en denegar un aumento de potencia de 24.500 kW a 30.500 kW solicitado por Clyfsa. “Es decir, el objeto del amparo consistió en que la ANDE le brinde la potencia de 30.500 kW”, recuerda.

Agrega que, actualmente, la ANDE cumple estrictamente lo resuelto por el Juzgado que acogió favorablemente el amparo de referencia, brindando a Clyfsa ininterrumpidamente la potencia de 30.500 kW.

“La aclaración requerida al Juzgado es en virtud a que de otorgarse con la mera petición de la usuaria el aumento de potencia, según surge de la presente resolución, esta resulta oscura y/o ambigua, con los términos de la pretensión de la acción de amparo”.

Le expresa al juez que esta pretensión de la acción de amparo y lo ahí resuelto, va en detrimento de lo prescripto en los artículos 96 y 102 de la Ley 966/64. El primero señala que la ANDE está obligada a suministrar el servicio de energía eléctrica a quien lo solicite, siempre que la capacidad y características de sus instalaciones de abastecimiento lo permitan.

En otro artículo, manifiesta que “una vez establecida la potencia de suministro para un usuario, éste no podrá aumentarlo sin previa conformidad de ANDE”.

Antecedentes del caso Clyfsa y ANDE

El abogado de la Compañía de luz y fuerza S.A. (Clyfsa), Daniel Mendonca, recordó que en el año 2021, la ANDE dictó una resolución limitando la potencia que Clyfsa puede contratar, por lo que la empresa promovió un recurso de amparo. Ese amparo fue “para evitar el perjuicio que esto representaba”, dado que el consumo de Clyfsa va en aumento permanente, sobre todo en verano, manifestó.

En tanto que el asesor jurídico de la ANDE, Carlos Nelson Medina, manifestó que cuando Clyfsa le solicitó a la ANDE un aumento de su potencia, que era de 24.500 kW y pidió subir a 30.500 KW, la empresa estatal le respondió (el 30 de setiembre de 2021) que no era factible el cumplimiento pretendido por una imposibilidad técnica de la Subestación de Villarrica. Pero que finalmente, por orden judicial, le terminó vendiendo la potencia que requería.

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