El 30 de junio vence plazo para actualizar datos en registro de beneficiarios finales

Los datos e informaciones declarados en los registros administrativos de personas y estructuras jurídicas, así como de beneficiarios finales, deberán ser actualizados anualmente, a más tardar, hasta el 30 de junio, según un informe del Ministerio de Hacienda.

El Ministerio de Hacienda advierte que en caso de incumplimiento aplicará las sanciones establecidas en la ley.
El Ministerio de Hacienda advierte que en caso de incumplimiento aplicará las sanciones establecidas en la ley.virgilio vera

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El informe menciona que la Dirección General de Personas y Estructuras Jurídicas y de Beneficiarios Finales (DGPEJBF), dependiente de Hacienda, insta a las personas y estructuras jurídicas y demás sujetos obligados a que cumplan con la mencionada disposición a más tardar el 30 de junio, esto con el fin de evitar la aplicación de medidas restrictivas y sancionatorias por el incumplimiento.

En caso de incumplimiento, indica el informe, se aplicarán las sanciones dispuestas en la Ley N° 6446/2019, en sus artículos 8° y 9°, sobre “Impedimentos y Prohibiciones” y “Sanciones” respectivamente y artículos 12 y 13° del Decreto N° 3241/2020.

La cartera añade que esto es de conformidad con lo establecido en el artículo 10° del Decreto N° 3241/2020, que reglamenta la Ley N° 6446/2019, “Que crea el Registro Administrativo de Personas y Estructuras Jurídicas y el Registro Administrativo de Beneficiarios Finales del Paraguay”.

La ley dispone que son sujetos obligados a registrarse e informar personas jurídicas, tales como sociedades, asociaciones, fundaciones y las demás reguladas por el Código Civil paraguayo y leyes especiales en la materia, y las estructuras jurídicas entendidas como fideicomisos y fondos de inversión.

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