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A través del Decreto 9301, con fecha 12 de mayo, se establece el marco reglamentario para el proceso de emisión, negociación, colocación, mantenimiento en circulación, reapertura y rescate anticipado de títulos de deuda del Tesoro Público, y las operaciones de administración de la deuda pública, tanto en el mercado local como internacional.
La normativa reglamenta las disposiciones establecidas en la Ley N° 5097/2013, que dispone medidas de modernización de la administración financiera del Estado y establece el régimen de cuenta única y de los títulos de deuda del Tesoro Público; así como la Ley N° 6638/2020, que modifica y amplía la referida legislación y habilita al Ejecutivo a realizar operaciones de administración de la deuda pública.
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Además, se deroga el Decreto N° 268/2013, por el cual se conforman el equipo consultivo interinstitucional y el comité de colocación de bonos y se reglamenta el proceso de emisión, negociación, colocación, mantenimiento en circulación, rescate y rescate anticipado de los bonos de tesorería general; y el Decreto N° 3195/2015, por el cual se amplía la referida normativa.
Letras del Tesoro y bonos
La directora de Política de Endeudamiento del Ministerio de Hacienda, Ana Osorio, explicó a ABC que lo que se hizo es reglamentar la Ley N° 5097/2013, que ya autoriza a la cartera a colocar letras y efectuar colocaciones directas, atendiendo que los decretos 268 y 3195 solo establecen características generales.
El nuevo decreto dispone medidas administrativas que deberá cumplir Hacienda para la colocación de los títulos de deuda, se conforma el comité de colocación de títulos (CCT), las condiciones para la emisión en el mercado local e internacional, las letras del Tesoro Público, las colocaciones directas a nivel local e internacional, la administración de la deuda, entre otros puntos.
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La colocación de letras se podrían realizar a plazos de 3 o 6 meses para que el Tesoro pueda tener liquidez a corto plazo, indicó Osorio, pero aclaró que la cartera no planea realizar todavía esta operación, así como tampoco las colocaciones directas de bonos ya que las subastas que se llevan a cabo son muy competitivas y hay mucha demanda.