Funcionario que quiere eternizarse en la Dinac alegó que la jubilación “lesiona el principio de igualdad”

El funcionario de la DINAC, Elvio Zárate Ovelar, que presentó una acción de inconstitucionalidad ante la Corte para no jubilarse y que ya consiguió de manera insólita la suspensión de su retiro, alegó en el escrito que presentó ante la máxima instancia judicial que la jubilación obligatoria “lesiona el principio de igualdad”.

Elvio Zárate Ovelar (centro) al lado del también funcionario de Dinac  Ramón Servín (camisa blanca), exmano derecha del fallecido Óscar González Daher, en un acto político.
Elvio Zárate Ovelar (centro) al lado del también funcionario de Dinac Ramón Servín (camisa blanca), exmano derecha del fallecido Óscar González Daher, en un acto político.Gentileza

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Elvio Zárate Ovelar, con 36 años de antigüedad como funcionario de la Dirección Nacional de Aeronáutica Civil (DINAC), quien recurrió a la Corte Suprema de Justicia (CSJ) para evitar acogerse a la jubilación, señaló en el escrito que presentó ante la máxima instancia judicial que la jubilación obligatoria “lesiona el principio de igualdad”.

El empleado, que quiere eternizarse en la DINAC, se desempeñaba como jefe de la gerencia de cargas aéreas en el Aeropuerto Silvio Pettirossi y de manera insólita y en tiempo récord consiguió que los ministros César Diésel y Antonio Fretes (que dejó el cargo un día después) le otorguen una medida cautelar para frenar su retiro.

Esto mientras se estudia la acción de inconstitucionalidad que presentó ante la Corte, en contra del Art. 32 de la Ley N° 430/1973 “Que Establece el Derecho al Beneficio de Jubilaciones y Pensiones Complementarias” a cargo del IPS y los artículos 2 y 3 de la Ley N° 98/1992 “Que Establece el Régimen Unificado de Jubilaciones y Pensiones”, con la cual Zárate quiere evitar jubilarse.

“El mentado articulado, lesiona gravemente el principio de igualdad entre los ciudadanos (consagrado en el art. 46 de la Constitución), siendo que obliga a jubilarse, sin su consentimiento, a toda persona que cumpla una determinada edad y que aún puede prestar servicios”, expresa el escrito de Zárate, bajo patrocinio del abogado José A. Peralta Veha.

Agregó: “En suma, la normativa atacada, además de condicionar un derecho constitucionalmente establecido, cesa el derecho de trabajar estando en condiciones de presentarlas, y discrimina al supuesto beneficiario afiliado en razón de la caja a la que aporta y a su edad”.

Antonio Fretes y César Diésel votaron a favor para suspender la jubilación de un funcionario de la Dinac.
Antonio Fretes y César Diésel votaron a favor para suspender la jubilación de un funcionario de la Dinac.

Considera injusto jubilarse con más de G. 6.000.000

Asimismo, Zárate señala que considera injusto jubilarse con su salario actual de más de G. 6.000.000. “Las normas accionadas no permiten que la jubilación cumpla con el rol sustitutivo de la remuneración en actividad, por cuanto que se me obliga a jubilarme obligatoriamente con mi salario actual, siendo que aún puedo escalar en mi lugar de trabajo, dada mi excelente foja de servicios y prestar muchos años más de servicio”, expresó.

Tras la medida cautelar que consiguió Zárate en la Corte, la DINAC suspendió la jubilación de dicho funcionario, que seguirá percibiendo su salario de más de G. 6.000.000, llamativamente el mismo sueldo que debía cobrar si optaba por el retiro. Asimismo, llama la atención que Zárate quiera mantenerse en la sección de cargas aéreas, donde se manejan importantes valores de despacho.

ABC Color contactó con el funcionario, para consultarle por qué no quiere acogerse al beneficio de la jubilación y solo se limitó a decir: “Tengo mis razones, por eso presenté (la inconstitucionalidad)”. Al mismo tiempo, indicó que iba a contactarnos su abogado, que hasta ahora no se concretó.

Según informaron desde la Dinac, por ahora Zárate pasa a prestar servicios en la Coordinación General de Talentos Humanos de la institución, pues la resolución de la Corte es solamente a los efectos de no jubilar a Zárate y que esa medida no impide “que el mismo cumpla sus funciones en otras áreas de la Dinac”.

Si la Corte otorga una inconstitucionalidad en este caso sería un nefasto precedente, advierten los expertos consultados.

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