Ejecutivo pone en vigencia plan financiero presupuestario

A través de Decreto N° 8877/2023 el Poder Ejecutivo puso en vigencia el plan financiero y estableció las normas y los procedimientos para la ejecución del Presupuesto General de la Nación (PGN) para el año 2023. No habrá topes en gastos financiados con recursos del Tesoro, aplican ajustes a gastos financiados con impuesto al tabaco, FEEI e Inmobiliario que fueron inflados por el Congreso; y los préstamos se ejecutarán conforme a los desembolsos previstos.

El Ministerio de Hacienda informó que no se establecieron topes para gastos financiados con recursos del Tesoro.
El Ministerio de Hacienda informó que no se establecieron topes para gastos financiados con recursos del Tesoro.virgilio vera

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El Ministerio de Hacienda informó este viernes que el plan financiero mantiene la cobertura de asignación financiera de la ley de presupuesto en lo que se refiere a los gastos financiados con recursos del Tesoro (impuestos y otros ingresos), aunque la nota no lo dice esto es atendiendo que vía decreto reglamentario se regula la implementación de aumentos salariales y creaciones de cargos.

La nota señala que en lo que se refiere a los gastos cubiertos con recursos institucionales, se contempla ajustes en las coparticipaciones, específicamente con recursos provenientes del impuesto selectivo al consumo (ISC) aplicado al tabaco, del Fondo para la Excelencia de la Educación y la Investigación (FEEI) y del impuesto inmobiliario.

En el caso del ISC e inmobiliario, la estimación de ingresos fue inflada durante el estudio del PGN en el Congreso y con esta disposición se vuelve a los niveles establecidos en el proyecto del Ejecutivo, que según técnicos de Hacienda se irá liberando siempre y cuando la recaudación aumenta.

Sobre el FEEI, por su parte, el Parlamento distribuyó unos G. 12.000 millones entre las universidades nacionales y a la Agencia Nacional de Evaluación y Acreditación de la Educación Superior (Aneaes), entre otros, por lo que la ejecución de estos recursos dependerá de la aprobación de los proyectos que presenten ante el consejo de esta entidad.

Con relación a los programas financiados con recurso del crédito público (préstamos o bonos), la cartera indica que serán asignados conforme a los desembolsos previstos en los PBL (siglas en inglés de Apoyo a Reformas de Política).

El informe indica que el plan mensual del presupuesto público servirá de referencia para la ejecución de los distintos programas de los organismos y entidades del Estado (OEE).

Además, refiere que contiene la información cuantitativa de cada OEE y constituye una herramienta para analizar la viabilidad económica y financiera de los programas presupuestarios.

Hacienda afirma que para la ejecución del presupuesto del ejercicio fiscal 2023, los planes financieros institucionales (PFI) aprobados por el mencionado decreto servirán de marco de referencia para la programación de caja y la asignación de cuotas de la Tesorería General y Tesorerías Institucionales de los OEE.

Meses de mayor requerimiento

Expresa que la programación por fuente de financiamiento (FF), en recursos del Tesoro el mayor requerimiento para la Tesorería se presenta entre los meses de febrero y marzo, por monto aproximado de G. 3 billones; para recursos del crédito público, entre los meses de febrero y marzo, por montos de G. 2 billones y G. 1 billones; y para recursos institucionales, entre los meses de febrero a abril, por montos de G. 8 billones y G. 6 billones.

También señala que la programación a nivel PGN 2023, con todas las fuentes de financiamiento, si bien se presenta el mayor porcentaje en el mes de febrero, se mantiene la distribución entre el 12%, 10% y 9% durante el primer semestre del ejercicio fiscal, de manera a que estas programaciones se encuentren ajustadas a lo dispuesto por el artículo 9 de la Ley N° 5098/2013 “De Responsabilidad Fiscal”.

Este artículo de la ley establece que en años de elecciones generales y municipales, el gasto corriente primario de la administración central entre los meses de enero y julio no será mayor al 60% del presupuesto aprobado para ese año, excluyendo al Poder Judicial de esta restricción.

La nota menciona que el Ministerio de Hacienda, como ente rector en materia presupuestaria y financiera, orientará a los OEE en el proceso de ejecución presupuestaria y para el efecto podrá establecer porcentajes de migración mensual de saldos, a partir del mes de marzo, con la fuente de financiamiento recursos del Tesoro en lo que respecta a los ingresos genuinos, en función a la recaudación efectiva.

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