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Hacienda adjudicó la licitación N° 419.853 efectuada para la “contratación de servicios para la seguridad social de los funcionarios del Ministerio de Hacienda” por un total de G. 62.572 millones (US$ 8,8 millones), que consta de dos partes: la provisión de atención médica y de sepelio.
El seguro médico fue adjudicado por la cartera al Consorcio Salud SD (que tiene como sanatorio cabecera el Docto Americano), por un monto de G. 61.972 millones; y el servicio de sepelio al Grupo Proinsa S.A (Jardín de la Paz), por un monto de G. 600 millones.
La firma Santa Clara S.A, que participó de la licitación para el seguro médico, presentó ante la Dirección de Contrataciones Públicas una protesta contra la adjudicación realizada por Hacienda, entidad que ya firmó el contrato y comunicó a sus funcionarios la entrada en vigencia del servicio desde el último martes 14.
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Santa Clara solicita a la DNCP, según el informe al que se tuvo acceso, que el acto administrativo sea anulado argumentando “grave irregularidad” del acto impugnado y, en consecuencia, que el comité evaluador de Hacienda sea nuevamente conformado y las ofertas reevaluadas, de acuerdo con el escrito presentado.
Explica que Hacienda conformó su comité de evaluación incumpliendo las directrices establecidas en las normas que rigen las compras públicas, específicamente trasgrediendo lo dispuesto en el artículo 8 del decreto reglamentario 2992/19.
Añade, que Santa Clara tiene interés legítimo porque presentó el precio más económico, pero se ve agraviada en sus derechos por un informe de evaluación deficiente e irregular que sustenta la adjudicación a favor del Consorcio Salud SD.
“Al ser Informe de Evaluación deficiente también lo es la Res. MH/DA No. 12/2023 que dictó la adjudicación por lo que este acto administrativo debe ser anulado, y en consecuencia el Comité Evaluador debe ser nuevamente conformado y las ofertas reevaluadas”, sostiene la entidad.
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En ese contexto, argumenta que el artículo 8 del Decreto 2992 establece que los miembros de las Unidades Operativa de Contratación (UOC) no podrán formar parte del comité de evaluación, pero que del acta de evaluación se observa que el funcionario Christian Escobar, representante de la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) es jefe interino de la Unidad de Contrataciones.
Otra supuesta irregularidad señalada guarda relación a que la oferta del Consorcio Salud SD “no cumple con el pliego de bases, fue evaluada de forma ilegal y en desigualdad de condiciones”, entre otros numerosos puntos cuestionados.
Contrataciones revisa el caso
La Dirección Nacional de Contrataciones recibió la protesta el 24 de enero pasado y por resolución ordenó la apertura del procedimiento para la sustanciación de la protesta contra la adjudicación del seguro médico, designando a la abogada Verónica Mazo como funcionaria responsable.
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La entidad, incluso, recomendó a Hacienda en aquel entonces que como medida de prudencia administrativa suspenda la continuidad del procedimiento licitatorio o de la ejecución contractual en su caso en atención a lo establecido en el artículo 83 de la Ley 2051/2003 que establece que como consecuencia de una protesta se podrá resolver: a) la nulidad del acto o actos irregulares estableciendo, cuando proceda, las directrices necesarias para que el mismo se reponga conforme a la ley; o b) la nulidad total del procedimiento.
“Por tanto, será exclusiva responsabilidad de la Convocante la ejecución de un contrato cuyos actos administrativos previos cuenten con impugnaciones sustanciadas en esta Dirección Nacional, como así también todas las consecuencias administrativas que deriven de su decisión”, expresa la nota.