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A través del Decreto N° 8634/2022 se establece 0% de recargo o interés hasta el 30 de junio del 2023 para obligaciones tributarias vencidas de periodos fiscales mensuales y ejercicios fiscales cerrados al 31 de diciembre de 2020, dice el informe.
Explica que la medida incluye a certificados de deuda en gestión de cobro por parte de la Abogacía del Tesoro; ajustes fiscales de determinaciones tributarias y sanciones en trámite en sede jurisdiccional; ajustes fiscales de determinaciones tributarias y sanciones en procesos de gestión de cobro por parte de la SET, siempre que cuente con conformidad o allanamiento expreso del contribuyente.
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El informe indica que los interesados deberán abonar el monto total de la deuda o formalizar un plan de facilidad de pago la cual podrá realizarse hasta en 36 cuotas mensuales a una tasa de interés mensual del 0,75%, y excepcionalmente, hasta en 60 cuotas mensuales a la tasa del 1,1% mensual, siempre que el monto individualmente o en su conjunto supere los G. 1.000 millones.
El régimen excepcional fue establecido por el Ejecutivo en mayo del presente ejercicio, a pedido del Ministerio de Hacienda, mediante Decreto N° 7086 que vence el próximo 31 de diciembre.