Combustibles: Ejecutivo extiende hasta el 30 de noviembre la reducción del impuesto

El Gobierno extendió por un mes más la vigencia del decreto que reduce la base imponible del impuesto selectivo al consumo (ISC) para la importación de determinados combustibles derivados del petróleo.

La intención del Ejecutivo al mantener la rebaja de los impuestos es evitar nuevas subas en el precio de los combustibles.
La intención del Ejecutivo al mantener la rebaja de los impuestos es evitar nuevas subas en el precio de los combustibles.Shutterstock

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A través del Decreto N° 8.154, de fecha 31 de octubre último, el Poder Ejecutivo extiende hasta el próximo 30 de noviembre el plazo de vigencia del Decreto 6.620/2022, el cual establece excepcionalmente la modificación de la base imponible del ISC para la importación de determinados combustibles derivados del petróleo.

Dicho decreto se subió ayer al portal de Gaceta Oficial, con lo que se confirma lo adelantado días pasados por el viceministro de Tributación, Óscar Orué, quien conversó con ABC Cardinal y dio a conocer esta intención del Ejecutivo.

La prórroga de la reducción del impuesto se aplica al gasoil tipo III, nafta virgen y la nafta ron 91, con la intención de evitar la suba del precio de los referidos combustibles en el mercado local, atendiendo al gran impacto que tiene en la economía.

El nuevo decreto mantiene la base imponible para la aplicación de la tasa del ISC al gasoil tipo III en G. 2.388,9 por litro; la nafta virgen en G. 3.045,6 por litro y la nafta ron 91 en G. 6.033,3 por litro.

Persistencia de la coyuntura económica

La medida tiene su origen en el mes de febrero. Ante la coyuntura económica generada por el aumento del precio internacional del petróleo, vía decreto 6.620 se dispuso la rebaja a los efectos de alivianar las cargas tributarias de los importadores de los combustibles derivados del petróleo y, consecuentemente, del consumidor final de dichos combustibles.

Para la extensión se argumenta que, ante la persistencia de la coyuntura económica señalada, se torna imperativo mantener las medidas fiscales direccionadas a aliviar las cargas tributarias de los contribuyentes afectados a este sector, por lo que se considera necesario prorrogar hasta el 30 de noviembre de 2022.

El decreto 6.620, posteriormente, fue extendido durante todo el año mediante decretos: 6.707/2022, 6.886/2022, 7.002/2022, 7.154/2022, 7.305/2022, 7.554/2022, 7.718/2022 y 7.806/2022, hasta el 31 de marzo, 30 de abril, 30 de mayo, 30 de junio, 31 de julio, 31 de agosto, 30 de setiembre y 31 de octubre último y que ahora fue renovado por un mes más.

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