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La ANDE debe dar respuesta a las 80 solicitudes que tiene para el abastecimiento en los niveles de muy alta tensión (220 kV), alta tensión (66 kV) y media tensión (23 kV), y que realizan actividades de criptominería, data centers, blockchain y token. “Ahora vamos a empezar a firmar contratos con aquellos que cumplen todos los requisitos que definimos en la resolución N° 46984, y donde tengamos disponibilidad de potencia sin afectar la calidad del servicio”, manifestó el presidente de la ANDE, Félix Sosa.
Al respecto, explicó que la ANDE le pide a estas empresa que hagan las consultas correspondientes y entonces, la empresa estatal de electricidad les va a responder la viabilidad técnica para este tipo de carga.
Asimismo, aclaró que serán incluidos en este grupo de consumo todos aquellos suministros cuyo factor de carga mensual sea igual o superior al 80%, dos veces consecutivas, salvo que demuestren dedicarse a actividades distintas a las citadas anteriormente.
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Variaciones en las tarifas
Sosa explicó que los nuevos precios tienen “señal tarifaria” para la utilización en horario de punta y de fuera de punta de carga
Detalló que si el cliente llega a utilizar un factor de carga 1, es decir que utiliza la energía todo el tiempo el 100%, sin bajar su consumo en horario punta de carga definido en la resolución, la tarifa aumenta (respecto a lo que pagaban antes de la creación de este nuevo grupo de consumo) para los abastecidos en 220 kV, un 26%. Asimismo, para aquellos abastecidos en 66 kV, sube 36%.
El titular de la ANDE especificó que cuando el cliente tiene una línea exclusiva, es decir, su propia línea de 23 kV que sale de la subestación, el aumento es del 41%, pero que si se va a colgar de la línea de 23 kV de la ANDE, es el 58%.
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“Si no va a desconectar, va a usar el 100% de tiempo, sin disminuir su demanda en horario de punta de carga, entonces la variación es del 26% al 58%”, resumió.
En cambio, si es que desconecta en horario punta de carga, la tarifa varía solo entre el 6% al 32%, añadió.
Al respecto, señaló que se tiene una señal tarifaria que incentiva a usar más en horario fuera de punta de carga. “Todos los clientes en media tensión tienen un precio diferenciado, y entonces el cliente opta, y si su necesidad no disminuye en horario punta de carga, paga más caro”, indicó.
Si quiere pagar menos, debe disminuir su consumo en horario punta de carga. “Así funcionan las tarifas binómicas”, agregó Sosa.
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Horarios de punta de carga
Los horarios establecidos en la resolución N° 46984 como de punta de carga en enero, febrero y diciembre, de lunes a sábado, son de 12:00 a 16:00, y de 18:00 a 22:00. En tanto que en marzo, abril, octubre y noviembre, son de 13:00 a 15:00, y de 18:00 a 22:00.
En cambio, en los meses más fríos del año, como lo son mayo, junio, julio, agosto y setiembre, son considerados como horario de punta de carga de 17:00 a 21:00.
Sin embargo, los domingos son consideradas las 24 horas como horario de fuera de punta de carga.